La Audiencia Nacional impide la libertad de dos miembros del Batallón Vasco Español acusados de siete asesinatos
La Audiencia Nacional ha denegado la libertad provisional de Ignacio María Iturbide Alcáin y Ladislao Zabala Solchaga, únicos miembros de la organización ultraderechista Batallón Vasco Español que se encuentran en prisión. Iturbide y Zabala están acusados, entre otros delitos, de siete asesinatos consumados y el fiscal solicita para cada uno de ellos penas de 245 años de prisión. Sus defensores están estudiando la presentación de una querella por prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) contra los miembros del Tribunal.
La razón de la negativa a la libertad es que se ha producido una "maniobra dilatoria gestada con ingenio" y realizada con "doblez de intención" para evitar que se juzgara con rapidez a los acusados y pudieran obtener la libertad por haber transcurrido el plazo de 30 meses, que es el máximo que autorizaba la ley.El Tribunal Constitucional había autorizado la puesta en libertad de Iturbide y Zabala al anular una providencia de la sección segunda de la Audiencia Nacional que se oponía a la libertad. El principal razonamiento de la citada providencia era que los dos acusados debían continuar en prisión preventiva, a pesar de haber cumplido ya 30 meses en esa situación, pues ese plazo debía contarse para cada uno de los delitos cometidos. Este razonamiento fue considerado contrario al espíritu de la reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal, pero el Tribunal Constitucional dejó abierta la posibilidad de que los acusados continuaran en prisión si hubieran tenido la culpa del retraso en juzgarles.
El tribunal señala que, efectivamente, se ha producido una interrupción en las actuaciones y que, de no haberse producido, se habría permitido el juicio de los procesados.
La Audiencia Nacional razona que la "injustificada demora" es imputable a los acusados, ya que Iturbide está defendido por el mismo abogado que Benito Santos, otro de los procesados, que se encuentra en libertad provisional y que planteó el incidente origen del retraso.
Además, señala que, aunque los abogados de Iturbide y Zabala son distintos, los recursos contra la providencia que denegaba la libertad que ambos presentaron son copia literal, hasta el punto de reproducir "sin rubor" un extremo relativo a un trámite procesal que sólo realizó uno de ellos.
"Doblez de intención"
Aunque la dilación fue obra formal de la defensa de Benito Santos, "la realidad", dice la sala, "es que los verdaderos protagonistas de esta crónica procesal dilatoria aún inacabada son quienes real y eventualmente pueden resultar beneficiados por los efectos moratorios, y que obviamente son Zabala e Iturbide, únicos acusados que se encuentran privados de libertad".
El tribunal afirma que captó que el recurso planteado por el abogado de Santos y de Iturbide, Antonio Mufloz Perea, "representaba un ejercicio del derecho a recurrir desnaturalizado por el ingrediente de la doblez de intención".
"Esa percepción por el tribunal de que el recurso de casación que se intenta es un artificio dilatorio", añade la resolución de la Audiencia Nacional, "se opera mediante el instrumento jurídico que el legislador ( ... ) proporciona a los jueces y tribunales para introducir en la solución de las contiendas un principio básico de buena fe en su más pleno sentido, y cuyo significado es que en el ejercicio de los derechos es obligada una conducta ética representada por los valores de la lealtad y rectitud de miras".
El retraso del proceso ha sido fijado en cinco meses, desde el 16 de mayo de 1983, fecha de la presentación de un recurso de casación sobre la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar el caso, hasta el 26 de octubre del mismo año, fecha del auto que denegaba la libertad provisional de los acusados y que fue anulado por el Tribunal Constitucional.
Los abogados de Iturbide y Zabala consideran que no se ha producido dilación alguna imputable a sus representados y han anunciado que estudian la presentación de una querella por prevaricación contra los tres magistrados que integran el tribunal.
Ignacio Iturbide y Ladislao Zabala, que en la actualidad llevan 45 meses en prisión preventiva, han reconocido ante el juez su participación en los asesinatos de Tomás Alba, Francisco Javier Ansa, José Ramón Ansa, Joaquín Antimasveras, Miguel Arbelaiz, Luis Miguel Elizondo y Felipe Sagarna. También han admitido las lesiones causadas a Víctor Fernández Ochoa y a Andrés Echevarría, que les han dejado como secuelas invalidez irreversible al primero y disnea al segundo. El fiscal pide 245 años de reclusión para cada uno por diversos delitos.
Los otros tres procesados son Jesús Jíménez Gortázar, Benito Santos Medina y José Luis Jíménez Clavería, para los que el fiscal pide dos años, cuatro meses y un día a cada uno por haber facilitado el arma con que se realizaron los delitos.
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