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Desestimada la reclamación de "derecho moral" presentada por el escultor Pablo Serrano

La Audiencia Territorial de Madrid ha dictado sentencia el pasado viernes en contra de la reclamación del escultor Pablo Serrano, que había demandado nuevamente a la cadena de hoteles Intusa, de José Meliá, por desmontar su obra Viaje a la luna en el fondo del mar que fue adquirida al escultor en 1962, al precio de 60.000 pesetas. Serrano invocó la Constitución para reclamar su "derecho moral" sobre la citada obra. Con ésta son ya cinco las sentencias desfavorables al artista respecto al mismo caso.

"Estoy muy desanimado", declaró el escultor Pablo Serrano a este periódico tras conocer la sentencia. "He perdido el juicio, sí. Creo que he perdido los dos, el jurídico y el mío. Uno se cansa de defender estas cosas, pero mi abogado, Eduardo García de Enterría, es partidario de seguir adelante hasta llegar al Tribunal Constitucional". La obra de Pablo Serrano Viaje a la luna en el fondo del mar fue adquirida al precio de 60.000 pesetas por la cadena Intusa, de José Meliá para el hotel Tres Carabelas, de Torremolinos. (Véase EL PAIS del 16 de enero).Pablo Serrano hizo su primera reclamación por vía civil en 1962, al ser desmontada la obra vendida, pero en aquélla, como en sucesivas ocasiones, la sentencia denegó al escultor su "derecho moral" sobre la obra. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo, que no aceptó tampoco la reclamación de Serrano.

La producción artística

La decisión de renovar la reclamación del escultor Pablo Serrano viene dada, según las declaraciones de su abogado, Eduardo García de Enterría, durante la vista oral, por el hecho de que ahora está vigente la Constitución de 1978, que reconoce la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y ésta, a su vez, recoge expresamente el derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le corresponden por razón de la producción artística, realidad jurídica inexistente en 1962.La sentencia, ahora dictada por la Sala Tercera de lo Civil de la Audiencia Territorial de Madrid, ha dado la razón a la argumentación de los demandados. Éstos expusieron el principio de cosa juzgada, por lo que no ha lugar a nuevos juicios, acusando al demandante de intentar aplicar la ley con carácter retroactivo.

José Meliá defendió su postura diciendo que él ha respetado la obra de Serrano, ya que ésta no ha sido destruida sino simplemente desmontada, y argumentó que, habiendo pagado, le asistía el derecho a la propiedad privada. El demandante, por su parte, exigía la reconstrucción de la obra o una indemnización que sería destinada a becas de estudiantes. El tribunal de la Audiencia Territorial que se ha encargado del caso ha estado presidido por Bienvenido Guevara y en él ha actuado como ponente Alberto Amunátegui.

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