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Tribuna:ANTE LA REFORMA DEL REGLAMENTO TAURINO / 1
Tribuna
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El Ministerio del Interior cede parte del control sobre la fiesta

, El borrador del nuevo reglamento taurino, que ha sido profusamente interpretado y del que ya tienen conocimiento oficioso todos los estamentos de la riesta, consagra unas posibilidades alternativas acerca de diversos aspectos organizativos y técnicos del espectáculo, como consecuencia de las cuales el Ministerio del Interior cede parte del control que sobre el mismo ha venido ejerciendo, porque le ha correspondido, a lo largo de la historia del toreo. A partir de ahora pueden ser las comunidades autónomas las que asuman parte de ese control.

Ya en su artículo segundo, el borrador del nuevo reglamento taurino que prepara el Ministerio del Interior hace preceptivo el permíso del gobernador civil. de la provincia para la celebración de cualquier festejo, como es tradicional pero admite que ese permiso corresponda a las autoridades "a las que tal competencia se hubiera conferido reglamentariamente".Es decir, que, según el reglamento que se prepara, las tramitaciones y los planteamientos previos del espectáculo, referentes a empresa, ganadería, toreros, público, etcétera -en definitíva, el control reglamentario de sus aspectos fundamentales-, en un momento dado podrán ser competencia de las comunidades autónomas, en tanto los gobiernos civiles quedarían al margen. El peligro es que la corrida acabe siendo distinta según la comunidad autónoma donde se celebre, y que su autenticidad dependa del rigor con que cada una aplique -la reglamentación.

Por otra parte, la reforma del reglamento afecta también a la máxima autoridad del festejo -el presidente-, que ya no será un funcionario del Cuerpo Superior de Policía, sino "persona idónea" designada por concurso. De donde parece desprenderse que hay en Interior voluntad política de des vincularse del espectáculo taurino, quizá en base a su habitual impo tencia -podría ser incapacidad para resolver los complejos pro blemas que plantea. En realidad, Interior nunca ha tenido las con signaciones presupuestarias ni la estructura administrativa que requiere el adecuado tratamiento de la fiesta de toros.

El borrador del nuevo reglamento, que consta de un centenar de artículos, contiene importantes novedades, algunas de ellas -contrarias a los intereses de los diversos estamentos taurinos, quizá con la única excepción del ganadero. En cualquier caso, es polémico. Resumimos aquí las más importanles.

Corridas para un solo espada

Sobresalientes. Para las corridas de un solo matador con seis toros se fija un sobresaliente matador de toros o dos novilleros con 15 actuaciones en festejos picados, como mínimo; de ellas cinco en los 12 últimos meses. Para los mano a mano, un matador de toros o un nov illero con 15 actuaciones, como mínimo, en los últimos 12 meses. Para las novilladas con un solo es pada, un novillero que haya actuado en 20 novilladas sin picadores.

Indulto. El indulto del toro, que sólo estaba autorizado en corridas-concurso, podrá otorgarlo el presidente en cualquier corrida, siempre que sea a petición mayoritaria del público, y que la res, de excepcional bravura.y magnífico comportamiento en todas las suertes, haya recibido un mínimo de tres varas en toda regia. Lo dará a conocer mostrando un pañuelo color naranja.

Toros inutilizados. En caso de fractura de extremidades o astas de las reses, ocurrida en el ruedo, el presidente podrá agilizar el desarrollo de la lidia.

Abono. Los titulares de abono para series de corridas no tendrán menor derecho que los restantes espectadores, según el nuevo reglamento. Esta norma puede impedir el abuso de algunas empresas, que exigen al abonado un porcentaje sobre el precio de los billetes, en concepto de "venta anticipada" o "reserva de entradas".

Razones para la suspensión

Suspensión. Cuando el ruedo se encuentre en mal estado como consecuencia de la lluvia, corresponderá a los espadas decidir, ante el presidente, si procede la suspensión. En caso de que decidan torear, ya no se podrá suspender la corrida en ningún momento. Esta norma es sustancialmente distinta ala que rige en la actualidad. Elimina la posibilidad de intervención del presidente cuando las decisiones de los espadas respondan a intereses personalísimos, que pueden afectar muy seriamente a los de la empresa y a los del público. Su autoridad queda en entredicho pero, al tiempo, la norma le puede abocar a situaciones muy dificiles si, por ejemplo, se da la corrida con lluvia torrencial, en circunstancias insoportables para el público y peligrosas para los lidiadores, pues no la podría suspenáer.

Reconocimiento. En el reconocimiento de las reses intervendrán tres veterinarios, en lugar de los cuatro hasta ahora preceptivos, y serán designados por concurso.. En el reconocimiento estará presente el empresario. El nuevo reglamento no dice nada del ganadero ni del mayoral.

Sobreros. Los veterinarios reconocerán, como mínimo, un toro más de los anunciados, que quedará como sobrero. Los sobreros podrán ser objeto de regalo por parte de los espadas.

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