Los convenios internacionales
En la última publicación, de mayo de 1984, del Registro del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente se informa que se encuentran inscritos y actualmente en vigor 113 tratados y otros acuerdos internacionales, de los que más de 40 tratan directamente de la gestión de los recursos vivos. Muchos de ellos son sectoriales; otros, regionales, y algunos, bilaterales. Entre todos destacan cuatro convenios globales, a los que la Estrategia Mundial para la Conservación recomienda encarecidamente su adhesión:- La Convención sobre las Zonas Húmedas, de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas -más conocida por Convención de Ramsar-, tiene como objetivo el detener la ocupación y la desaparición progresiva de las zonas húmedas ahora y en el futuro, reconociendo las funciones ecológicas fundamentales de las mismas y su valor económico, cultural, científico y de recreo. Fue aprobada en la ciudad de Ramsar el 2 de febrero de 1971, actuando como depositaria la Unesco. España se adhirió a ella el 4 de septiembre de 1982. El 3 de diciembre de 1982 se firmó en París un protocolo para dar una mayor eficacia al convenio.
- La Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural -conocida también como la Convención sobre el Patrimonio Mundial- tiene como objeto establecer un sistema eficaz de protección colectiva del patrimonio cultural y natural de valor excepcional, elaborando unas listas del patrimonio mundial. En dos ideas muy enriquecedoras se basa esta convención: en la de unir lo cultural y lo natural en un mismo patrimonio y en la de que la singularidad y excepcionalidad de unos sitios culturales y naturales desbordan la propia nacionalidad y se convierten en patrimonio de toda la humanidad. Fue aprobada en París el 23 de noviembre de 1972, siendo depositaria de la misma la Unesco. España se adhirió a ella el 4 de agosto de 1982. Hace unos días se han incluido en la lista del patrimonio cinco sitios culturales españoles, pero todavía no existe en ella ninguno natural.Protección de especies
- La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, más conocida como CITES, tiene como objetivo el proteger las especies en peligro de extinción de la explotación excesiva mediante el control de su tráfico y comercio por un sistema de permisos de importación y exportación. Fue aprobada en Washington el 3 de marzo de 1973, siendo depositario el Departamento Federal de Asuntos Exteriores de la Confederación Suiza de Berna. España aún no ha accedido a ella, encontrándose actualmente en el Parlamento la solicitud de la propuesta de adhesión.
- La Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, o Convención de Bonn, tiene como objeto el proteger las especies animales amenazadas en sus periplos migratorios a través de los diferentes países. Fue aprobada en Bonn el 23 de junio de 1979, siendo depositario el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Federal de Alemania, en Bonn. En un reciente Consejo de Ministros se ha autorizado la ratificación del mismo por parte del Gobierno español y en estos días se espera que dicha ratificación sea depositada oficialmente.
Además de estos cuatro convenios globales existen varios acuerdos regionales. Entre ellos el que más nos atañe es el de la Convención sobre la Conservación de la Fauna y Flora Silvestres y los Hábitats Naturales en Europa, también denominada Convención de Berna, que tiene como objeto la conservación de la fauna y flora silvestres y sus hábitats naturales, especialmente la de aquellas especies cuyos hábitats requieran la cooperación de varios Estados. Fue aprobada en Berna el 19 de septiembre de 1979, actuando como depositario el Consejo de Europa. La propuesta de adhesión de España se encuentra también en el Parlamento a la espera de su aprobación por las Cortes españolas.
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