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Las futuras sociedades anónimas laborales estarán constituidas por un capital mayoritariamente obrero

Un anteproyecto de ley elaborado conjuntamente por los ministerios de Trabajo y Justicia instaura y regula por vez primera en el ordenamiento jurídico español las sociedades anónimas laborales, a las que denomina, abreviadamente, SAL. El texto define, en su articulado, a estas sociedades como compañías anónimas dedicadas a las actividades generales del comercio, en las que los trabajadores sean propietarios, como mínimo, del 51 % del capital social dividido en acciones y presten en ellas sus servicios de forma directa, personal y a tiempo parcial.

Las futuras SAL se inscribirán en un registro específico creado al efecto en el Ministerio de Trabajo y la modalidad de su abreviatura se añadirá, en el ejercicio del comercio, a la del empresario individual y a las de las sociedades anónimas, limitadas, cooperativas y comanditarias. Su regulación llena el vacío legal existente respecto a estas empresas, fruto en su mayoría de la crisis industrial. Las SAL han venido gestándose en España durante los últimos años de forma espontánea, sin otra regulación que diversos decretos ministeriales, especialmente limitados al Fondo Nacional de Protección al Trabajo, organismo que destina a ellas diversas ayudas oficiales.

Las sociedades laborales se regirán por las normas generales establecidas para las sociedades anónimas en lo no regulado por el proyecto. Deberán estar constituidas por un número no inferior a 10 socios, ninguno de los cuales podrá poseer más del 25% de acciones, excepto las entidades públicas, que podrán llegar al 49%. Podrán establecerse diversas clases de acciones entre el capital fijo y mayoritario -aportado por los trabajadores- y el variable, al que podrán acceder otras personas fisicas o jurídicas. Se establece un fondo de reserva equivalente al 10%. de los beneficios líquidos anuales.

Mil compañías

El antreproyecto será ultimado y remitido al Gobierno antes de final de año. Entre sus fundamentos destaca la necesidad de racionalizar el proceso de las sociedades laborales para condicionarlas a un plan general de industrialización, más que a un mero reducto de salvamento a cualquier precio de los puestos de trabajo. Su configuración, según el proyecto, posibilita el cumplimiento del artículo 129.2 de la Constitución, que ordena a los poderes públicos facilitar a los trabajadores el acceso a la propiedad ya los medios de producción. El movimiento creado por las SAL en España agrupa en la actualidad a cerca de 1.000 sociedades, distribuidas mayoritariamente en el País Vasco, Cataluña, Madrid y Valencia, Y a un número aproximado de 38.000 trabajadores. Los sectores industriales que cuentan con mayor número de sociedades laborales son el metal, textil, piel y servicios.

La elaboración del texto es consecuencia de diversas reuniones mantenidas desde hace un año entre la Administración y la Coordinadora de Sociedades Anónimas Laborales, cuyos dirigentes presentarán a finales de este mes una propuesta de modificaciones sobre el proyecto inicial Los representantes de las SAL de diversos puntos de España insisten, en la necesidad de que la figura jurídica sea reconocida por ley, aunque son críticos respecto al proyecto inicial conseguido. El establecimiento de un mínimo de 10 socios para constituir las SAL, la no regulación de la intransmisibilidad de acciones y la ausencia, en el proyecto, de ventajas fiscales o de otro tipo, son las principales objeciones.

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