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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Las incompatibilidades de los parlamentarios

Como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la totalidad del proyecto de ley de incompatibilidades, ese periódico, el sábado 16, hizo un análisis e información muy completos. Sin embargo, en su página 17, un titular decía: "Impedir cobrar más de un sueldo público, idea básica del proyecto", lo cual no es exacto.En efecto, el Grupo Popular presentó una enmienda en el Congreso, la número 50, que decía: "El mandato de los diputados y senadores es incompatible con el desempeño de cualquier actividad que implique el enfrentamiento de sus deberes como parlamentario con los que le imponga esa actividad. Es, asimismo, incompatible con la percepción de remuneraciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones públicas y de los organismos y empresas de ellos dependientes, o con cargo a los órganos constitucionales, o retribuidas mediante sueldo, arancel o cualquier otra forma. Esta incompatibilidad desaparecerá por la renuncia total, a elección del parlamentario, de esa retribución o de la que pueda percibir por cualquier concepto por su condición de parlamentario"; y resolvía, por tanto, que nadie pudiera cobrar dos sueldos sin expulsar a ningún parlamentario elegido por el pueblo. Esta enmienda fue rechazada por el PSOE, quedando bien claro que el Grupo Popular no se oponía a la incompatibilidad de sueldos, sino a la incompatibilidad que expulsaba a parlamentarios con experiencia y preparación, catedráticos, médicos, notarios, registradores, abogados del Estado y otros juristas, si no deja-

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Viene de la página 11 ban de ejercer su carrera, aunque no cobraran.

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En segundo lugar, ha habido una serie de parlamentarios del Grupo Popular, y de otros, que aun antes de la entrada en vigor de esta ley renunciamos plenamente a la retribución de parlamentario, que es mi caso, o de su otra ocupación, caso de varios catedráticos. Es decir, lo que la ley, ahora declarada inconstitucional, rechazaba, es que esas personas siguieran como parlamentarios a pesar de no cobrar nada por ese concepto, o renunciar a otro sueldo público; es decir, de trabajar gratis en el Parlamento o en otro puesto público.-

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