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La depresión, considerada una enfermedad profesional en la CEE

Andrés Ortega

¿Puede la depresión producida por el entorno del trabajo, en este caso el ambiente de la CEE, ser considerada como una enfermedad profesional? Así lo parece, a juzgar por la Comisión Europea y uno de sus funcionarios. Claro, que la compañía Royale Belge rebate esta tesis. En juego está el equivalente a 12 millones de pesetas de compensación al enfermo.El nombre del funcionario no ha sido revelado. Tan sólo que trabaja en la Dirección General de la Comisión Europea encargada del desarrollo y el Tercer Mundo, y que, según considera el propio funcionario europeo, el origen de su profunda depresión nerviosa estriba en los problemas administrativos con que se encontró en los exámenes de ingreso y luego en las dificultades de integración en su trabajo.

La baja por enfermedad se produjo el 23 de agosto de 1983, período de vacaciones. La comisión, apoyándose en el Estatuto de la Función Europea, considera efectivamente que se trata de una enfermedad profesional, a pesar de que el trabajo del funcionario no conlleve "el riesgo de una enfermedad específica debida a un medio anormalmente patógeno, en razón del entorno clínico, físico o biológico".

La Comisión Europea está asegurada ante consorcios, en este caso, representados por la Royale Belge, frente a posibles eventualidades, para pagar las compensaciones debidas. Pero los aseguradores no quieren ahora pagar al considerar que la depresión profunda no es una enfermedad profesional. El caso ha ido a parar a la Corte de Justicia de las Comunidades Europeas. Es una querella entre instituciones, que puede sentar jusrisprudencia si decide a favor de la comisión, pues la enfermedad psíquica pasaría al rango de enfermedad profesional en esta a veces deprimente Comunidad.

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