Penas de hasta seis años de cárcel para los que incurran en delito fiscal
El contribuyente que defraude a la Hacienda pública más de cinco millones de pesetas durante un año, e incurra, por tanto, en delito fiscal, podrá ser condenado hasta con seis años de cárcel, según una modificación del Código Penal aprobada por el Consejo de Ministros del pasado miércoles. El Gobierno ha optado por un endurecimiento de las penas en el proyecto de ley orgánica de Reforma del Código Penal que se remitirá a las Cortes, de forma que, frente a las previsiones iniciales de imponer entre seis meses y tres años de cárcel, se ha pasado a un máximo de seis años de cárcel.
Esta medida se ha adoptado a menos de una semana de que finalice el plazo de presentación de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y del impuesto sobre el patrímonio para todos aquellos contribuyentes a quienes les resulte positiva, es decir, que tengan que pagar a Hacienda (el último día de pago es el lunes próximo). Asimismo se produce en un momento en que el déficit público ha desbordado todas las previsiones, y el Gobierno estudia -sin medidas concretas hasta el momento- la posibilidad de reducir el gasto público en 300.000 millones de pesetas.Desde 1977, la cuantía de la defraudación que define la posible existencia del. delito fiscal era de dos millones de pesetas. Hasta 10 millones, las penas aplicables eran de arresto mayor (un mes a seis meses), y a partir de esta cantidad, de prisión menor (de seis meses a seis años). Pero la inoperancia de esta legislación queda reflejada en el hecho de que los 385 expedientes remitidos por Hacienda al ministerio fiscal en los últimos siete anos han concluido con 32 sentencias, todas ellas absolutorias, excepto una, considerada "casi un error" por parte de Hacienda. Algunas de las sentencias han llegado a justificar las actuaciones juzgadas por la "voracidad" del fisco.
En el proyecto de ley sobre Medidas contra el Fraude Fiscal, aprobado también por el Consejo de Ministros, se contempla que las corporaciones locales y el centenar largo de organismos y entidades estatales autónomas, así como las instituciones oficiales, queden sometidos a las mismas responsabilidades y sanciones por ínfracciones tributarias que el resto de los contribuyentes. Serán ampliadas las eximentes aplicadas ahora a todos los ciudadanos.
Páginas 53 y 54
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