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Una sentencia del Tribunal Constitucional favorece el derecho a negociar convenios al margen del comité de empresa

Rosa Cullell

El Tribunal Constitucional ha denegado el recurso de amparo solicitado por el comité de empresa del Hospital Clínico y Provincial de Barcelona contra la sentencia del Tribunal Central de Trabajo, que reconocía el derecho de la Asociación profesional del comité de delegados médicos de dicho centro "para negociar el convenio colectivo dentro de su ámbito propio y afectación exclusiva a sus afiliados". La denegación del Tribunal Constitucional al recurso presentado por el comité ratifica el derecho de los médicos del Clínico a negociar un convenio franja (el que recoge condiciones específicas para un determinado colectivo dentro de una empresa o sector)."La sentencia del Tribunal Constitucional", afirmó ayer el doctor Luis Morales, miembró de la Asociación Profesional del Comité de Delegados Médicos del Hospital Clínico, "tendrá repercusión en toda España y nos permitirá a los médicos negociar nuestras reivindicaciones aparte, para así mantener unas condiciones de trabajo aceptables". Según Morales, "al tener que negociar los convenios con el resto de la plantilla, y estar nosotros en franca minoría, nuestra situación se había ido deteriorando".

La Asociación profesional del comité de delegados médicos, que agrupa a un 90% de los 500 médicos del hospital Clínico, negoció ya en 1983 un convenio franja, aparte del resto de la plantilla. Este convenio estaba pendiente de ratificación por parte del Tribunal Constitucional, de la sentencia dictada por el Tribunal de Trabajo de Barcelona, que había sido apelada por parte del comité de empresa.

Dos años de conflicto

Por el momento, sin embargo, los convenios que negocie la citada asociación no podrán ser aplicados a los médicos no afiliados. "Aunque esperamos que este punto pueda ser negociado, ya que es el único en el que aún no hemos llegado a un acuerdo y, por ahora, como especifica la sentencia, será aplicado únicamente a los afiliados a la asociación", añade Morales. En la actualidad, la citada asociación está negociando el convenio de 1984 totalmente aparte del resto de los trabajadores -hecho calificado de corporativista por el comité de empresa-, acogiéndose a la sentencia del Tribunal Central de Trabajo.El conflicto se arrastra ya desde hace dos años, cuando se inició la negociación del convenio de 1982. Los médicos plantearon entonces una tabla de 12 puntos, que fueron asumidos por el comité de empresa, excepto los relativos al aumento salarial. La dirección, sin embargo, concedió las reivindicaciones salariales en un acuerdo aparte con los médicos. El comité de empresa, defensor de un convenio único para toda la plantilla, compuesta por 3.200 trabajadores,convocó una huelga para la última semana de mayo de 1983. El último día de la huelga, en vista de la división existente entre los trabajadores, la dirección planteó conflicto colectivo. La Magistratura de Trabajo número 18 de Barcelona falló a favor del comité de empresa y estipuló un convenio para todos los trabajadores, alegando que "la Asociación Profesional del Comité de Delegados Médicos del hospital Clínico no está legitimada para negociar un convenio colectivo infe rior al ámbito de empresa". Ante esta sentencia, los médicos inter pusieron un recurso de súplica ante el Tribunal Central de Trabajo, que reconoció el derecho de la Asociación profesional del comité de delegados médicos a negociar el convenio colectivo dentro de su ámbito propio y con afectación exclusiva a sus afiliados". A la sentencia del Tribunal de Trabajo respondió el Comité de Empresa del Clínico presentando un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El recurso se basaba en la consideración, según fuentes sindicales, de que la sentencia del Tribunal de Trabajo "incurre en infracción de ley, porque contraviene lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y atenta contra la libertad sindical garantizada en el artículo 28 de la Constitución". Sin embargo, el Tribunal Constitucional denegó el 27 de marzo de 1984.

Esto abre las puertas a la posibilidad de firmar y defender convenios franja, posibilidad reivindicada por diversos grupos profesionales.

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