Posible delito de falsedad en el testimonio del ex director de la cárcel de Herrera de la Mancha
La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha remitido al juzgado de Manzanares las declaraciones del ex director de la prisión de Herrera de la Mancha en el juicio por torturas celebrado contra él y otros 11 funcionarios, por si su actuación pudiera constituir delito de falsedad.
En el citado juicio el ex director de la cárcel, Santiago Martínez Motos, ya fue condenado a la pena de cuatro años de suspensión de cargo público por rigor innecesario con los presos. Aunque en la sentencia se reconoció la existencia de torturas desde el punto de vista sociológico, se afirmaba que no eran tales según el concepto jurídico, ya que los malos tratos no se habían producido en el curso de una investigación, ni para lograr una confesión.Martínez Motos declaró en el juicio que estuvo de vacaciones desde el 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 1979 y sin embargo su firma figura en las actas de la junta de régimen de la cárcel de Herrera de los días 20 de agosto, 1 y 10 de septiembre del citado año.
Esto sólo puede significar que o bien no estaba de vacaciones, o las citadas actas fueron falsificadas, y elaboradas con posterioridad, como parece más probable. En las actas de la junta de régimen se justificaba el empleo de la "coacción mínima necesaria" con los reclusos, debido a que éstos se habían producido violentamente con los funcionarios.
Este aspecto fue desmentido por funcionarios de la cárcel compañeros de los condenados, que afirmaron que los presos fueron maltratados sin motivos justificados. Por haber realizado esas declaraciones varios funcionarios de talante demócrata han sido perseguidos y acosados.
Las declaraciones de Martínez Motos y las actas citadas, que estaban unidas al sumario abierto por torturas, han sido remitidas al juzgado de Manzanares para que inicie una investigación sobre el posible delito de falsedad. La audiencia de Ciudad Real señala también que el proceder del médico de la prisión al reconocer por primera vez a los internos "no puede, por sí mismo, considerarse delictivo, sin perjuicio de que pudiese integrar un incumplimiento de las obligaciones del facultativo como funcionario". Durante el juicio, varios testigos relataron que el médico de la prisión reconocía a los reclusos sin llegar a entrar en las celdas donde éstos se hallaban.
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