Los ayuntamientos quieren percibir el importe total de las tasas municipales que las eléctricas cobran a los usuarios
La Federación Española de Municipios y Provincias ha decidido dirigirse a los ministerios de Industria y Energía, y Economía y Hacienda para recabar información sobre las cantidades que deben percibir de las compañías eléctricas sujetas a ciertas tasas municipales por utilización del suelo, subsuelo y vuelo de los respectivos términos municipales. La legalidad con que se vienen aplicando estas tasas municipales en los recibos de la luz ya ha sido objeto de varias reclamaciones en vía judicial y administrativa por parte de algunos colectivos de usuarios, como la Asociación La Defensa, que considera ilegal la repercusión de la tasa a los usuarios (véase EL PAIS de 24 de enero de 1984).Representantes de la Federación de Municipios y de la Asociación La Defensa celebraron ayer una reunión en la que acordaron una actuación conjunta en sus reclamaciones a las eléctricas, de forma que a partir de las concejalías de Sanidad y Consumo de los ayuntamientos de la federación se coordinase la defensa de los intereses de los usuarios.
El trasfondo del conflicto está relacionado con la facultad que tienen los ayuntamientos, al amparo de la ley de Bases de Régimen Local de 1954 , su texto refundido de 1955 y la ley de Bases de 1975, para establecer una tasa a las compañías eléctricas por la ocupación del suelo, subsuelo y vuelo del término municipal que podía ascender hasta el 1,5% de los ingresos brutos de cada compañía que opera en el territorio municipal. El nombre y cuantía de la tasa varía sensiblemente según los ayuntamientos, y no son pocos los que carecen de tal figura impositiva
En los últimos meses, la Federación de Municipios ha recibido numerosas quejas de ayuntamientos que consideran que las cantidades que percibían de las compañías eléctricas en concepto de tasas municipales eran inferiores a las que éstas, con dudosa legalidad, repercutían posteriormente a los usuarios. En el caso de seis ayuntamientos de Madrid (Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles y Parla), las deudas fiscales reclamadas podrían ascender a 600 millones de pesetas, según la publicación de la federación, Autonomía Local.
Probable ilegalidad
Dada la magnitud de cifras manejadas en las reclamaciones de los ayuntamientos, que oscilan entre 110.000 y 15.000 millones de pesetas anuales (el 1,5% de la recaudación de las compañías en 1981 fue de 610.700 millones de pesetas) durante los últimos cinco ejercicios, la comisión de Hacienda de la federación ha tomado cartas en el asunto y ha encargado el estudio de ello a un equipo de expertos jurídicos y económicos para que se pronuncien sobre la legalidad de la actuación de las compañías suministradoras.El presidente de la comisión de Hacienda, Tomás Rodríguez Bolaños, alcalde de Valladolid, ha manifestado que, "aunque el tema está todavía en estudio, tenemos la sospecha de que algunas compañías están cobrando incluso a usuarios pertenecientes a municipios que no tienen establecida la tasa". Éstos son los casos de mayor gravedad, ya que significaría que las suministradoras cobran una tasa que no existe. En relación con este punto, la federación efectuará una encuesta a nivel estatal para conocer los ayuntamientos en los que no existe una ordenanza que establezca el tributo y en los que, sin embargo, las compañías incluyen su cobro en los recibos a los usuarios.
El asunto es mucho más complicado si se tienen en cuenta los distintos sistemas legales existentes para aplicar la tasa. Dada la dificultad para establecer el valor del aprovechamiento, se autorizó a los ayuntamientos a fijar un concierto con las empresas suministradoras, que son el verdadero sujeto pasivo de la tasa, en el que se determinase la cantidad a satisfacer. Una posterior normativa determinó el valor medio de los aprovechamientos en el 1,5% como máximo de los ingresos brutos que obtengan las empresas en el término municipal.
En este último caso, el problema de los ayuntamientos estriba. en conseguir la exhibición de las contabilidades de las compañías y comprobar que las cantidades abonadas en concepto de tasas son las que realmente corresponden al aplicar el tipo impositivo a los ingresos brutos. Los juristas municipales señalan "la obligación que impone la ley general Tributaria a los contribuyentes de proporcionar los datos y elementos básicos para la exacción de los tributos y la posibilidad de considerar las infracciones tributarias en que incurren los que incumplan tal obligación, así corno imponer las multas correspondientes".
Los ayuntamientos de Fuenlabrada, Getafe, Alcorcón, Parla y Leganés han iniciado ya, negociaciones con sus respectivas compañías para conocer la situación exacta de las deudas fiscales.
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