Calidad de enseñanza en un marco de libertad
Aunque la LODE no abarca todos los aspectos que influyen en la calidad de la enseñanza, el autor de este trabajo piensa que el establecimiento de una programación democrática, la racionalización de la oferta de puestos escolares y la distribución racional de los recursos contribuirán de manera decisiva para que la mejora de dicha calidad pueda llegar a ser real.
La LODE no pretende abarcar todos los aspectos y variables que influyen en la calidad de enseñanza, que han de ser motivo de otras acciones y normativas; sin embargo, la calidad de enseñanza está presente en el proyecto de ley, ya sea de modo tácito o bien directamente.La programación democrática de la enseñanza tendente a racionalizar la oferta de puestos escolares, por un lado, y por otro, la distribución de recursos atendiendo a las prioridades y necesidades reales, componen la parte objetiva que el proyecto pone a disposición de los poderes públicos para la mejora del sistema educativo.
La participación, democratización y libertad de cátedra como instrumentos de comunicación e integración de la comunidad escolar es la parte que afecta a las conciencias de las personas interesadas en elevar la calidad del centro del que forman parte.
Efectivamente, al realizarse la admisión de alumnos de acuerdo con criterios objetivos y sin discriminación de ninguna clase -ni por capacidad ni por procedencia social, etcétera-, será posible una distribución racional y proporcional del número de alumnos por aula, así como un equilibrio en la capacidad de los mismos. Los alumnos podrán distribuirse cualitativa y cuantitativamente de modo proporcional, de tal modo que el éxito o fracaso escolar del centro sea reflejo de un modo concreto de trabajar, y no del modo de seleccionar.
Igualdad de oportunidades
Por otra parte, la existencia de una red mixta de centros públicos y concertados que coexistan en condiciones de igualdad ha de servir de emulación continua para el sistema educativo y, a la larga, incidirá en la mejora de la calidad de los centros.
El derecho a la programación por parte de los poderes públicos hará posible, además, que se establezcan mecanismos compensadores en la consideración de que igualdad de oportunidades no consiste en dar a todos por igual, sino invertir más en aquellos sectores más desfavorecidos, donde la injusticia distributiva de nuestra sociedad ha ido acumulando mayor fracaso escolar; significa, igualmente, que los recursos se distribuyan de un modo justo y se eviten subvenciones a centros elitistas mientras existan centros públicos que carezcan de las condiciones que la lógica y sensibilidad que una nación demociática reclama.
Libertad de cátedra
En este sentido, el proyecto de ley establece un plazo de tres años para que puedan acogerse a concierto aquellos centros que deseen impartir una enseñanza gratuita y ser concebidos como servicio público. De este modo quedará afirmado claramente el carácter educativo de los centros concertados, diferenciados de aquellos otros cuya motivación sea la obtención de beneficios económicos o la prestación de una enseñanza elitista. Éstos también están legitimados en la LODE siguiendo la Constitución, que garantiza la libertad de mercado. Pero precisamente por esto deberán tener un tratamiento distinto de los anteriores, con mayor libertad, por una parte, y funcionando al precio, por otra, lo cual significa regularse por la libre oferta y demanda corriendo los riesgos que dicha libertad comporta.
Señalábamos, en segundo lugar, que la participación, democratización y libertad de cátedra son instrumentos básicos para la integración y comunicación de la comunidad escolar. Cualquier proyecto educativo aceptado por mayoría, y en cuya elaboración se ha participado libremente, comporta unos compromisos de aceptación superiores a aquellos que se imponen jerárquicamente; un grupo que se desenvuelve libremente genera menos tensiones que aquél donde impera el autoritarismo; y, finalmente, es obvio que no existe creatividad allí donde se ahoga la libertad de la persona y se la sustituye por obligación. Existirá, en todo caso, sumisión.
En el fondo cabe la sospecha de que quienes se oponen a la libertad de cátedra se oponen al mismo tiempo a una enseñanza creativa, crítica y liberadora. Los miedos infundados a un pensamiento libre, al que se acusa de generar conflictos en nuestros alumnos, carecen de solidez, pues la libertad existe en nuestra sociedad pluralista y es un componente más del aire que respiran nuestros niños y adolescentes a través de los medios de comunicación. Pretender ocultar lo que es público y notorio es imposible en una sociedad democrática.
Los sistemas educativos autoritarios languidecen en formalismos inútiles, se vuelven reproductores, generan desilusión y, aun cuando disponen de excelentes medios, crean conflictos innecesarios. El profesor es inevitablemente una persona activa que hace propuestas con la intención profesional de mejorar el centro; el alumno es una persona en proceso de formación que va a conseguir la información en lugares distintos a aquellos en que se le niegue, y finalmente, los padres son los más interesados en elevar la calidad del centro, y hacia ese objetivo canalizarán su participación. No se puede, por tanto, ver en la participación la politización del centro: es ver fantasmas donde sólo hay molinos.
Una ley se evalúa tanto por los mínimos que define como por su flexibilidad.
Autonomía de los centros
El proyecto de ley establece esos mínimos de calidad educativa recogidos universalmente -desarrollo de la personalidad del alumno, adquisición de hábitos intelectuales y de trabajo, formación para la paz, etcétera-, además de las atribuciones del Consejo Escolar del Estado, cuya amplitud abarca "cualquier cuestión concerniente a la calidad de enseñanza". Súmese a esto el apoyo al cooperativismo, que tan buenos resultados está dando (precisamente porque no presenta la calidad como mercancía de escaparate), la preferencia en los conciertos para aquellos centros que realicen experiencias de interés pedagógico, el impulso a las asociaciones de padres, las atribuciones concedidas a los consejos escolares en lo referente a calidad de enseñanza, etcétera, y la resultante configurará el proyecto de futuro que nuestra sociedad reclama.
La parte flexible de la ley recoge un amplio grado de autonomía de los centros, que hará realizable cualquier proyecto educativo y posibilitará el establecimiento de distintas metodologías. Era importante este grado de flexibilidad por cuanto la educación se renueva constantemente, y porque la sociedad siempre irá por delante de cualquier ley, por muy progresista y moderna que se manifieste.
Pero donde el proyecto de ley manifiesta su inequívoca voluntad de mejorar la calidad de enseñanza es en los esfuerzos que hace por institucionalizar la convivencia en los centros de modo responsable, respetuoso y en libertad. De cara al interior del centro esto significa que los problemas deben encontrar su solución en un diálogo siempre inacabado, reduciendo al máximo las cotas de temor o crispación. Sustituir el grito por la voz, la orden por el contraste de opiniones, la autoridad por la razón, el recelo por la colaboración... es una de las virtudes que impulsa el equilibrio de fuerzas contrapuestas que existen dentro del centro, y que harán que nadie sin diálogo y convicción pueda salir vencedor absoluto.
A nivel de Estado y poderes públicos, la convivencia se manifiesta en una desestatalización de la enseñanza, al delegar los poderes públicos una gran parte de sus atribuciones a la comunidad escolar. Con ello podemos decir que verdaderamente estamos poniendo los soportes de una escuela públida al alcance de nuestros ciudadanos, donde el respeto a la conciencia de las personas esté garantizado y lo esté también la calidad de enseñanza, porque asi lo van a exigir quienes participar en el proyecto educativo.
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