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Tribuna:TRIBUNA LIBRE / PRESUPUESTOS DE 1984: LA POLITICA DE INGRESOS / 3
Tribuna
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Estructura de los ingresos y presión fiscal

Como puede verse en el cuadro 2, el incremento previsto de los in gresos, tanto del Estado como de la Seguridad Social, supondrá un aumento de la presión fiscal, que se sitúa en tomo a un punto, aun que con diferencias muy importan tes según los agentes y conceptos.Así, mientras que la presión fis cal del Estado aumenta en 1,13 puntos, la correspondiente a la Se guridad Social desciende en 0,17.

Este comportamiento diferen ciado, tendente a abaratar relativamente los costes de la mano de Concepto obra para facilitar su empleo, se instrumenta mediante mayores aportaciones del Estado a la Segu ridad Social, lo cual permite a ésta reducir los tipos de cotización. Tales aportaciones alcanzarán ya en 1984 el 20% de los ingresos totales de la Seguridad Social, frente al 17,5% de 1983, lo cual es equiva lente a un esfuerzo extra por parte del Estado de unos 80.000 millo nes de pesetas.

José V

Sevilla Segura es secretario de Estado de Hacienda.

Es básicamente esta aportación adicional del Estado a la Seguridad Social la que explica la elevación de tipos propuesta para el impuesto general sobre el tráfico de las empresas, que debe proporcio nar unos 70.000 millones de pesetas.

Pese a que globalmente la presión fiscal del Estado aumenta, como decimos, la evolución interna de sus grandes rúbricas de ingresos merece algún comentario, dada su notoria disparidad. Como puede verse en el referido cuadro 2, la presión fiscal correspondiente a los impuestos directos aumenta casi 0,8%, y la de los indirectos, en 0,6%, mientras que la correspondiente a los restantes ingresos del Estado disminuye en 0,3 puntos. Ello es debido básicamente a la, caída en los beneficios del Banco de España prevista para el presente año, que son los que se computan en el Presupuesto de 1984.

Ingresos del Estado: la política tributaria

En el cuadro 1, como puede verse, se recoge el presupuesto de los ingresos del Estado para 1984 junto a su comparación con las estimaciones de ingresos correspondientes a 1983.

La previsión global de aumento de los ingresos se cifra en el 20,46%, media de ese comportamiento dispar al que nos acabamos de referir. Así, se espera que los impuestos directos aumenten un 25,38%, y los indirectos, un 23,79%, mientras que se produce un descenso importante en los ingresos patrimoniales.

En todo caso, hay que resaltar la dificultad de valorar adecuadamente la política tributaria que sustenta las cifras referidas, por cuanto dicha política implica, de una parte, cambios en la normativa y en los tipos de los impuestos, pero de otra, cambios muy importantes en la administración tributaria y en la lucha contra el fraude. Dicho en otros términos: el aumento de recaudación previsto afectará sólo en parte -la parte menor, tal como está sucediendo en el presente año- a aquellos contribuyentes que cumplen adecuadamente sus obligaciones, mientras que la mayor parte del aumento recaudatorio previsto proviene de mejoras en la gestión tributaria y lucha contra el fraude.

Novedades en materia normativa

En términos generales, la política tributaria del Gobierno no pretende cambios sustanciales en la normativa tributaria, excepción hecha; claro está, del proceso de finalización de la reforma tributaria que implicará cambios importantes, aunque previstos, en el ámbito de la imposición sobre el consumo -por la introducción del impuesto sobre el valor añadido (IVA)- y en la imposición patrimonial con los nuevos proyectos de impuestos sobre el patrimonio y sobre sucesiones.

Partiendo de este dato, hay que percatarse de que el sistema fiscal resultante ofrece suficientes parámetros para instrumentar cualquier política tributaria que se desee. Por tanto, al margen de aquellas reformas anunciadas, la política tributaria debe moverse mediante cambios paramétricos en el sistema disponible y, muy especialmente, dirigiéndose hacia la construcción de una Administración tributaria moderna y eficaz como único camino cierto para erradicar las conductas antisociales. No obstante, las alteraciones normativas que se introducen persiguen un triple propósito:

a) Reforzar moderadamente la progresividad en la imposición sobre la renta.

Prueba clara de nuestro aserto anterior puede verse en el cuadro 3, en el que se recoge la evolución de los tipos efectivos de gravamen en el impuesto sobre la renta para un contribuyente tipo.

En efecto, el aumento de los tipos se produce a partir de un millón de pesetas de ingresos anuales, situándose dicho aumento, para los niveles de renta más elevados en tomo a un 6%. Por el contrario, para los niveles más bajos de renta se reducen los niveles de tributación. Computando ambos efectos, el nivel medio de elevación de la tarifa puede situarse entre un 4% y un 5%, lo que, unido a una inflación esperada del 8% permitirá explicar un 13% -15% de aumento de la recaudación. Como es obvio, el resto, hasta casi un 30%, que es lo presupuestado, hay que atribuirlo fundamentalmente a mejoras de gestión y lucha contra el fraude.

b) Mantenimiento de lla tributación sobre sociedades y aumento de los incentivos fiscales a la inversión empresarial.

Los tipos del impueste, sobre sociedádes se mantienen inalterados en el proyecto, al tiempo que se introduce cierta simplificadón en los incentivos a la inversión, potenciando los correspondientes a la inversión neta y a aquellas inversiones que impfican investigación, innovación o proyección de cara al exterior.

c) Aumento de la imposición sobre el consumo compematorio de las mayores aportaciones del Estado a la Seguridad Social.

Como ya hemos visto, la razón básica del aumento del impuesto de tráfico hay que atribuirla a la mayor aportación del Esado a la Seguridad Social, resaltando que ésta reduce sus tipos de cotización además de extender sus prestaciones.

De acuerdo con los cálculos Hevados al efecto, el impacto de dicho aumento impositivo sobre los precios se estima en 0,2 puntos, al tiempo que aproxima nuestro nivel de imposición sobre el consumo, todavía por debajo, a los niveles que pueden resultar de la introducción del IVA, inicialmente orevista para 1985.

Reforma y potenciación de la Administración tributaria

Al igual que ha venido sucediendo en el presente año, las acciones básicas en iñateria tributaria no cabe buscarlas en el marco normativo, que, como señalábamos, no experimentará modificaciones importantes más allá de las diseñadas en la propia reforma fiscal. El núcleo básico en materia de política tributaria, tanto en 1983 como en 1984, se centra en la potenciación y reforma de la Adrninistración tributaría, acción inexcusable para luchar con eficacia contra el fraude fiscal.

Nuestra Administración tributaria precisa adecuarse a las características de un sistema fiscal moderno, tal como el que le corresponde gestionar, y en esa adecuación, mucho más que en cualquier norma de carácter sancionádor -por más que sea necesaria-, es dónde se halla la clave de. la lucha contra el fraude. Es simplemente absurdo imaginar que la Administración tributaria puede actuar hoy con una estructura territorial análoga a la existente desde el siglo XIX. Por eso estamos impulsando la creación de 250 administraciones tributarias, una especie de delegaciones de barrio o comarca, un centenar de las cuales estará en funcionamiento a comienzos del próximo año, y las restantes, a finales del nusino.

Adicionalmente a esta infradotación de medios, la propia concepción de la Administración tributaria ha estado tradicionalmentelparcelada, con detrimento de su eficacia. Es imprescindible, y en este sentido estamos caminando, configurar una Administración tributaria integrada que, como una unidad, agote la totalidad de los procesos de gestión-inspección tributaria.

Finalmente, dos líneas básicas adicionales. Primera, la investigación de bases y contribuyentes como acción prioritaria frente a la verificación -en ocasiones rutinaria- de los contribuyentes ya conocidos. En segundo lugar, estamos introduciendo cambios cualitativos en la inspección fiscal de forma que domine el control selectivo y exhaustivo frente a los planteámientos extensivos y superficiales.

Tanto desde el servicio a la equidad como si se entiende que el sistema fiscal es un instrumento de la política económica, lá exigencia previa e inexcusable a satisfacer en ambos casos para lograr su propósito sigue siendo la misma: que los impuestos se satisfagan correctamente, y ello, no lo dudemos, dependerá siempre de la capacidad. que tenga la Administración tributaria para hallar y sancionar al defraudadór.

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