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Agria polémica entre patronal y centrales catalanas en torno a la jornada de 40 horas

Una dura polémica en torno a la aplicación de las normas dictadas por la Generalitat para la aplicación en Cataluña de la jornada máxima legal de 40 horas mantiene enfrentados a la patronal y a los sindicatos catalanes. La situación presenta la insólita característica del alineamiento de CC OO, UGT y USO con las instrucciones reglamentadas por el conseller de Trabajo de la Generalitat, Joan Rigol, mientras que la gran patronal catalana Fomento del Trabajo Nacional y la CEOE aconsejan a las empresas aplicar la normativa del Gobierno socialista.

La diferencia entre ambas formas de aplicar una misma ley -la de jornada de 40 horas propuesta por los socialistas y aprobada por el Congreso de Diputados- significa paradójicamente en Cataluña la realización de una jornada efectiva de 40 horas semanales, inferior que en el resto de España durante los cinco últimos meses de 1983. El tema trasciende al exclusivo ámbito de la comunidad autónoma catalana y presenta una auténtica contradicción, dado que existe un considerable número de convenios de grandes empresas que pactaron su jornada en ámbito interprovincial. Otros convenios sectoriales, como el textil y el de artes gráficas, se negocian también para todo el territorio español.Fuentes del Ministerio de Trabajo manifestaron ayer a este diario su intención de no interferir en la aplicación de la normativa sobre jornada en Cataluña, cuestión de exclusiva competencia de la Generalitat. Las instrucciones del Departamento de Trabajo autonómico, sin embargo, contienen razonamientos jurídicos de peso en torno al necesario respeto a las normas de derecho necesario, como en este caso sería la ley de 40 horas, de rango superior a cualquier instrucción ministerial o reglamento posterior. La argumentación lógica a la inversa pone en evidente entredicho la aplicación de la misma norma legal efectuada por el Ministerio de Trabajo y abre las puertas a otras comunidades autónomas para discrepar de la normativa estatal en materia de jornada.

Las competencias de la Generalitat para "conocer, tramitar y resolver" expedientes sobre jornada, horarios, horas extraordinarias y trabajo a turnos fueron transferidas a la institución catalana el 7 de septiembre de 1979, junto al mayor paquete de competencias cedidas en temas de agricultura, sanidad y trabajo. Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional dio la razón al Ejecutivo autonómico en un conflicto de competencias interpuesto por el Gobierno central a principios de año sobre materia de horas extraordinarias. Según la interpretación del alto tribunal, la Generalitat es competente para aplicar la ley en las materias transferidas, a partir de sus propios órganos internos, que en este caso sería el Departamento de Trabajo y los funcionarios adscritos al servicio correspondiente. Las discrepancias prácticas no tardarán en producirse y acabarán dilucidándose ante la jurisdicción laboral.

Declaración sindical conjunta

Los enfrentamientos entre patronal y sindicatos culminaron ayer en una declaración conjunta de CC OO y UGT del textil, en la que se valora "muy negativamente" la posición del Consejo Intertextil, patronal que se ha negado a aplicar la normativa de la Generalitat. Ambos sindicatos anunciaron que denunciarán a todas las empresas textiles catalanas que se opongan a la normativa. A favor de la aplicación autonómica se pronunció también la Unión Sindical Obrera, mientras que en medios del Departamento de Trabajo de la Generalitat se respiraba un clima de general convencimiento sobre la corrección jurídica de la aplicación dada a la ley de jornada. El mismo convencimiento fue constatado en diversos sectores jurídicos catalanes, entre los que se incluyen abogados de empresas, a pesar de que el conseller de Trabajo está recibiendo fuertes presiones empresariales contrarias a su postura.Comisiones Obreras de Cataluña, por su parte, difundió un comunicado en el que se alega la "falta de rigor y la crispación con la que Fomento ha abordado este tema".

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