Las competencias del Instituto Nacional de Empleo son intransferibles
Las competencias del Inem (Instituto Nacional de Empleo) son intransferibles a las comunidades autónomas, de acuerdo con la legislación actual y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscritos por España, según un informe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.El informe dice "que en la legislación actual, la política de empleo es competencia del Gobierno y así lo declara también la Ley Básica de Empleo, e incluso algunos convenios de la OIT suscritos por España reafirman este criterio al establecer que la red de oficinas de empleo será unitaria y estará sometida a la autoridad central".
El informe de Trabajo precisa que las comunidades autónomas han alegado que estas normas podrían cambiarse, puesto que el Inem no ha alcanzado la eficacia en la prestación de servicios que se preveía en la Ley Básica.
"Las dos apreciaciones", dice el informe, "pueden ser correctas, pero en un caso el cambio de la legislación vigente es una cuestión de oportunidad que compete al Gobierno y a las Cortes, y en otro, si se aplica la máxima de la ineficiencia para transferir, no se entiende cómo no se ha transferido casi todo, ya que nuestra Administración no es un dechado de eficacia". Añade el informe que el 1 de enero de 1984 es la fecha tope para que se complete el traslado de competencias de Trabajo a Cataluña, País Vasco, Galicia, Andalucía, Valencia y Canarias.
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