Se endurecen las condiciones para el crédito de 500 millones de dólares al Reino de España
La Dirección General del Tesoro ultima en estos días el estudio de las ofertas presentadas por diversos bancos extranjeros para Instrumentar un crédito sindicado a favor del Reino de España por valor de 500 millones de -dólares (67.500 millones de pesetas). Las ofertas que hasta ahora se han presentado difieren entre sí y muestran el endurecimiento de las condiciones generales a que se va a ver sometido el crédito internacional a España durante el presente ejercicio.
El objetivo de la Dirección General del Tesoro es conseguir que los 500 millones de dólares le sean prestados a un plazo de ocho años y que en la sindicación participe el mayor número de bancos posibles, aunque ello pueda significar un cierto empeoramiento de las condiciones que podría obtener si la cifra de participantes se viera reducida.Las posibles ofertas que hasta el momento han llegado se refieren a que el crédito al Reino se realice, por partes iguales, sobre el Libor (precio del dinero en el mercado interbancario de Londres) y sobre el prime rate (tipo de interés preferencial en Nueva York). Sobre el tramo del Libor no parece haber ninguna disensión entre los posibles oferentes, ya que los diferenciales aplicados serían de medio punto para los tres o cuatro primeros años y de 5/8 de punto para el resto de la vida del préstamo.
En el tramo sobre el mercado norteamericano es donde hay mayores problemas. Por un lado, una de las ofertas fija el diferencial sobre el prime rate en 0,25 %, que incluso podría ser algo superior para la segunda mitad de los ocho años, mientras que otra estima un diferencial medio máximo del 0,25%. La dureza de las condiciones del mercado norteamericano para el Reino de España -similares a las de otros países, por otra parte se dejan ver más en las claúsulas de revisión de este último diferencial que en su valor absoluto.
En todos los préstamos a interés variable se establece un máximo de pago real de intereses que se fija en función del tipo de interés a que se emiten los certificados de depósitos de los bancos norteamericanos. Según esta técnica, la suma del prime y del diferencial pactado no puede sobrepasar la correspondiente al tipo de emisión de los certificados de depósitos más un diferencial que se incluye entre las condiciones generales del préstamo. Cuando la primera suma supera a la segunda el tipo de interés que se paga es el de esta última. En estos momentos los bancos norteamericanos quieren elevar el techo máximo de interés al de los certificados más 1,4 puntos, frente al 1,1 del año pasado. No obstante, una de las ofertas que se están estudiando ofrece reducir este diferencial a 1,25 puntos.
Algunos medios financieros internacionales consultados consideran que los responsables de la Administración tienen que aceptar un endurecimiento general en las condiciones, en comparación con lo obtenido en años anteriores, pero que en cualquier caso el riesgo de España sigue siendo bueno y no se puede aceptar diferenciales muy elevados para conseguir a cambio una mayor presencia de bancos internacionales en la sindicación.
En estos mismos medios se ha señalado que la situación de la economía española, tanto por niveles de riesgo exterior como de la balanza de pagos no inspira especial preocupación, descartando la necesidad de acudir a fuertes empréstitos exteriores como se ha indicado recientemente.
Lo que sí se acepta es que la Dirección General del Tesoro nombre un coordinador del grupo, en lugar de un banco agente, para que todas las instituciones financieras interesadas en participar en la operación de 500 millones de dólares no se autoexcluyan como es tradicional cuando se presentan varias ofertas. En estos casos, los bancos que apoyaban una de ellas que no es la aceptada no entran posteriormente en la sindicación que finalmente haya recibido el mandato del prestatario.
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