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La planificación económica y las autonomías

Según el autor de este texto, es imprescindible, en este momento de la economía española, la introducción de niveles crecientes de racionalidad en la política económica general. Entre estos grados, considera fundamental su descentralización y el papel de las comunidades autónomas en la planificación.

El escaso crecimiento del producto interior bruto, que desde 1979 ha aumentado en España a un ritmo medio anual situado en tomo al 1 %, es uno de los rasgos más destacados de la presente crisis económica. Junto a lo anterior, también es patente la necesidad de proceder a profundas reformas del aparato productivo, en particular en la industria. Los dos hechos citados implican, pues, la necesidad de actuar con la máxima racionalidad, tanto en la asignación general de unos recursos crecientemente escasos como en la selección de los procesos de producción.El mercado y la planificación son dos conceptos amplios que encubren un conjunto de actuaciones de política económica. En los últimos años, el papel del mercado ha sido defendido con intensidad desde las posiciones liberales. La planificación, que fue parte habitual de las políticas de estabilización de la demanda de corte keynesiano, perdió actualidad a lo largo de los años setenta y ha vuelto a ser reivindicada últimamente. Parece evidente que el mercado debe jugar un papel importante en el proceso de asignación de recursos, en tanto que lugar de encuentro de la demanda y como mecanismo determinante de una buena parte de los precios de productos y factores productivos. Pero también resultan patentes sus limitaciones y distorsiones, sobre todo si se emplea como mecanismo único en la asignación citada: no consigue por sí mismo una actuación macroeconómica adecuada, no se dan habitualmente las condiciones bajo las cuales produce sus resultados óptimos, no incorpora elemento básico o de justicia social en su funcionamiento (1).

En la necesaria intervención estatal en la economía deben estar presentes los mecanismos que garanticen una cierta racionalidad, sobre todo en un tiempo de tan escaso crecimiento económico. Esto último conduce a la elaboración de planes económicos concertados con los agentes sociales y dotados de la suficiente flexibilidad. La clave de una planificación afortunada descansa, más que en los instrumentos técnicos que recoge, en la incorporación de políticas adecuadas y de una buena administración pública, lo que hace que lo técnico deba estar subordinado a lo político en la redacción de los planes citados (2).La planificación

En la Constitución española de 1978 se ha diseñado un modelo de economía mixta, con un grado de intervencionismo estatal dependiente de la voluntad política de los Gobiernos y de la sociedad que los respalda, en última instancia. Según la Constitución, las actuaciones del Estado tendrán un carácter redistributivo, atenderán al fomento económico y podrán recogerse en planes que afecten al conjunto de la economía española. Dicha planificación deberá contar con el asesoramiento y la participación de las comunidades autónomas y de los diferentes sectores sociales (artículo 131 de la Constitución).Los estatutos de autonomía aprobados han recogido, como competencia compartida de los Gobiernos autonómicos, la de planificar la actividad económica regional. El Estatuto de Autonomía andaluz establece la posibilidad del Gobierno autónomo de coordinar los Planes Provinciales de Obras y Servicios de las Diputaciones, lo que, unido al carácter fundamentalmente ejecutivo que en dicho estatuto se establece para ayuntamientos y diputaciones, proporciona al citado Gobierno una seria posibilidad de coordinar las actuaciones económicas de las corporaciones locales de su ámbito territorial. El Estatuto de Andalucía establece que en la planificación económica de dicha comunidad deberán participar las citadas corporaciones locales, lo que implica que también a nivel regional habrán de introducirse elementos de territorialidad.La Constitución y los estatutos establecen la posibilidad de realizar planes económicos a nivel nacional y autonómico. Parece, pues, esencial que entre ambos tipos de planes se produzca la mayor coordinación posible, debiendo redactarse el plan económico para el conjunto de la economía española a partir de los datos básicos que suponen los objetivos e instrumentos previstos en los planes regionales, que también deberán desenvolverse en el marco que establece la política económica nacional.

El actual Gobierno autonómico andaluz concede una importancia destacada a la planificación entre sus instrumentos de política económica. El reciente programa electoral del PSOE subrayó también la necesidad de coordinar las actuaciones de las diferentes Administraciones públicas en la programación económica, y concedió la máxima importancia al Fondo de Compensación Interterritorial (FCI). Dicho fondo, contemplado en la Constitución y en la LOFCA (Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas) e incorporado por vez primera a los Presupuestos Generales de 1982, resulta ser una pieza esencial en la articulación de una política económica solidaria entre las diferentes comunidades autónomas.

El plan económico regional deberá establecer el marco de prioridades del Gobierno autonómico, especificará los objetivos a medio y largo plazo del desarrollo regional y, sobre todo, deberá coordina¡ las actuaciones de las diferentes Administraciones públicas. Esto último tendrá que realizarse en un doble sentido: desde el Gobierno autonómico al Gobierno central, por una parte; por otra, ayuntamientos y diputaciones deberán proporcionar los datos primarios mas relevantes, sobre todo en lo relativo a necesidades de inversión en infraestructura. El Gobierno autonómico deberá planificar las principales actuaciones económicas de dichas corporaciones y, sobre todo, deberá trasladar al Gobierno central las principales prioridades que deberá atender la política económica general a seguir en cada una de las comunidades autónomas.

La coordinación entre las diferentes Administraciones públicas en España puede revestir muchas formas, pero es de destacar la trascendencia que reviste el que en la distribución territorial de las inversiones públicas de financiación estatal, sobre todo en las incluidas en el Fondo de Compensación Interterritorial, se recojan los proyectos seleccionados por las comunidades autónomas. En este momento importa a estas últimas, tanto o más que la cuantía del FCI, el que las inversiones que el mismo incluye se ejecuten en el período presupuestario previsto y que dichas inversiones respondan a las verdaderas necesidades de la correspondiente comunidad.

Resulta, pues, imprescindible la introducción de grados crecientes de racionalidad en la política económica general. La descentralización de esta última y el acrecentamiento del papel de las comunidades autónomas son una parte sustancial de dicho proceso de racionalización, que no pasa necesariamente por el juego único y ex clusivo del mercado.1. R. A Musgrave, "National Economic Planning: `Ile U.S. case". American Economic Revew, Proceeding, 1977.

2. W. A. Lewis, Teoría del desarrollo económico. Fondo de Cultura Económica. México, 1958.

Julio Rodríguez López es consejero de Economía e Industria del Gobierno autónomo de Andalucía.

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