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SANIDAD

Acuerdo entre el Ministerio de Sanidad y la organización médica colegial sobre la ley de Incompatibilidades

El Ministerio de Sanidad y Consumo y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Médicos han firmado un acuerdo de "interpretación y aplicación de la ley de Incompatibilidades", según informaron ayer conjuntamente el ministro, Ernest Lluch, y el presidente de la organización médica colegial, Ramiro Rivera, en una conferencia de prensa.

Una "comisión mixta de audiencia preparará y seguirá el desarrollo y aplicación de la ley en cuanto afecta a la profesión médica". Ernest Lluch destacó que "el único campo de profesionales liberales en el que se está llegando a acuerdos respecto a las incompatibilidades es el de los médicos". Ramiro Rivera manifestó que la firma de este acuerdo "posibilita una aplicación práctica más eficaz de la ley, al tiempo que evita lesiones de intereses legítimos de los médicos".El acuerdo entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la organización médica colegial sobre la ley de Incompatibilidades consta de cinco puntos.

La citada organización "asume plenamente la filosofía de la ley, reitera su criterio favorable al ideal de un solo puesto de trabajo dignamente retribuido, rechaza la simultaneidad en la titularidad de distintos puestos de trabajo con un mismo horario y declara su pleno asentimiento a la necesidad de moralizar el desempeño de la función pública, y de promover y redistribuir los puestos de trabajo sanitarios".

Ratifica la obligatoriedad para todos los médicos funcionarios de efectuar la declaración, antes del 31 de marzo -fecha ya cumplida-, sobre su situación profesional, prevista por orden ministerial. Esta declaración se hará mediante los impresos oficiales al efecto en todos sus apartados, excepto en cuanto a la opción de puestos de trabajo. En este caso, la respuesta tendrá únicamente carácter indicativo en tanto se desarrolla este acuerdo.

"Prescindiendo de matices legales de carácter formal", se apela a la "disciplina colegial" del personal médico no funcionario para cumplimentar el modelo de declaración distribuido por el Insalud, antes del día 30 de abril, en cuanto se refiere a la opción de puestos de trabajo y percepciones con carácter ordinario y de gratificación en los casos en que se ocupe más de uno no incompatible. Sobre esta declaración al Insalud existían resistencias por parte de los médicos no funcionarios, al considerar que no estaban obligados. Se acuerda crear un "comisión mixta de audiencia para la preparación y seguimiento permanente del de sarrollo y aplicación de la ley en cuanto afecta a la profesión médica". Esta comisión se ocupará de la "determinación y publicación" de las plantillas orgánicas de los puestos de trabajo médico existentes en la función pública y parapública; la definición de la jornada de trabajo correspondiente a cada grupo de trabajo; la elaboración de los "módulos retributivos horarios, actuales y futuros, de los servicios médicos", y la aplicación de las disposiciones sobre horarios e incompatibilidades mediante expedientes individualizados.

Finalmente, se acuerda que la comisión deberá tener ultimados sus trabajos en un plazo máximo de tres meses, plazo en el que "queda pospuesta la efectividad de las disposiciones transitorias de la ley respecto del personal no funcionario de la Seguridad Social". La mayor parte de los médicos que ocupan puestos de trabajo en la red pública sanitaria no son funcionarios.

El ministro de Sanidad y Consumo precisó que este acuerdo con el CSCOM se ha enmarcado en el artículo 105 a) de la Constitucíón, que reconoce la competencia de los colegios profesionales como órganos consultivos sobre materia administrativa, y señaló que la aplicación de las incompatibilidades "es un proceso largo, de años". El doctor Rivera dio cuenta de que dicho acuerdo fue aprobado, en la asamblea de la organización médica colegial, por 40 votos a favor, cinco en contra y seis abstenciones. Y matizó que la participación médica colegial en la aplicación de las incompatibilidades "no tendrá en ningún caso un papel vinculante a efectos laborales, sino de recíproca información".

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