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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Las incompatibilidades

EL ÚLTIMO Consejo de Ministros no ha aprobado, contra lo que se había anunciado, el proyecto de ley de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración pública, concebido como segundo tramo de las medidas de igual signo destinadas a diputados y senadores. Esta demora puede haber sido provocada por disensiones todavía no conciliadas dentro del Gobierno o por el simple deseo de asegurar la coherencia del texto, a fin de evitar que algunas implicaciones insuficientemente analizadas de su articulado concedieran a la oposición, en el debate en las Cortes Generales la oportunidad de descalificar el conjunto del proyecto mediante la crítica parcial de algunas consecuencias imprevistas por escasamente reflexionadas. La discusión de la ley aprobada por UCD durante la anterior legislatura mostró, a este respecto, la destreza de los adversarios de cualquier tipo de incompatibilidad para disfrazar su rechazo global y de fondo de esas medidas tras la defensa de casos particulares, extrapolados de manera caricaturesca a la totalidad de la propuesta.El régimen de incompatibilidades de los parlamentarios y los altos cargos sólo puede agraviar a quienes conciban la representación de la soberanía popular y los puestos de responsabilidad en la Administración pública como ventajosos muelles de atraque en la sociedad civil para su beneficio privado.

El Registro de Intereses para los parlamentarios no sólo tiene precedentes en las democracias consolidadas, sino que constituye un mínimo indispensable de decoro para quienes, de manera voluntaria, han adquirido el compromiso de constituirse en representantes de la soberanía popular. Así como hubiera significado un disparate transformar a los diputados y senadores en simples funcionarios de las Cortes Generales, incompatibilizando sus tareas no sólo con el devengo de otros ingresos públicos (medida plenamente justificada), sino también con el ejercicio rentable de profesiones privadas, parece obligada la transparencia de las conexiones de los, parlamentarios con la sociedad civil. En un debate celebrado durante la anterior legislatura, diputados del entonces partido del Gobierno y hoy quebrada formación política centrista arguyeron la estrafalaria excusa de que ese registro conculcaría "el sagrado derecho a la intimidad" de los parlamentarios. Ocurre, sin embargo, que la dimensión pública de un diputado o un senador no es una condición atribuida por sorteo, sino un estatuto voluntariamente adquirido. Resulta congruente con un sistema de democracia representativa que los ciudadanos puedan saber, mediante la consulta de un registro público, hasta qué punto la defensa por un parlamentario de un proyecto de ley o de una enmienda procede de una interpretación del interés general o es consecuencia del mandato de un grupo de presión, de un cliente o de la cuenta de resultados de una empresa en la que el diputado o senador en cuestión tenga un significativo paquete accionario.

El Gobierno, tras la regulación de las incompatibilidades públicas y de la transparencia de las actividades privadas de los parlamentarios, es deudor de ese anunciado proyecto de ley para impedir las colusiones entre los altos cargos de la Administración -desde los ministros hasta los gestores de las empresas estatales- y los negocios privados. El Gobierno socialista tiene a su favor, en líneas generales, la presunción iuris tantum de la honestidad individual de las personas que integran los diversos escalones de poder en los cargos de libre nombramiento. Sin embargo, y aunque resulte antipático el recordatorio, los responsables socialistas de los fondos presupuestarios deben saber que algunos veteranos del poder, con amplia experiencia personal o corporativa sobre la forma de llevar a cabo vaciamientos y trasvases de caudales públicos, ejercerán una estrecha y saludable vigilancia para denunciar las tentativas de beneficiar no tanto las cuentas corrientes personales de los administradores como los intereses de grupos o empresas vinculadas de una u otra forma al partido que sostiene al Gobierno. Porque una de las. ventajas de la democracia representativa respecto a los sistemas cerrados de poder es que la desviación de los fondos presupuestarios hacia la sociedad civil no admite como atenuante que los beneficiarios del trasvase apliquen los caudales detraídos a la financiación de una campaña electoral en vez de a la adquisición de una finca en la Costa del Sol o al engrosamiento de una cuenta numerada en un banco suizo.

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