_
_
_
_
_

El Supremo considera que el fraude del Consorcio de la Zona Franca debe juzgarse en Barcelona

., La Audiencia Provincial de Barcelona es la jurisdicción competente para juzgar el sumario relativo al fraude del Consorcio de la Zona Franca, según la decisión adoptada por la sala segunda del Tribunal Supremo en una sentencia redactada el pasado 3 de febrero. Gracias a. esta resolución, el proceso judicial iniciado a raíz del descubrimiento del escándalo financiero entra en la recta final, que desembocará en un próximo juicio oral.A principios de 1980 el Juzgado de Instrucción número 4 de Barcelona abrió un sumario para investigar las presuntas irregularidades cometidas en la administración del Consorcio de la Zona Franca. Fruto de estas primeras investigaciones fueron los autos de procesamiento dictados contra Antonio de la Rosa Vázquez, José Luis Bruna de Quixano, Fernando Serena Mascarey y Rafael del Barco Carreras,, por presuntos delitos que van desde la malversación de caudales públicos, a los de falsificación y receptación

La causa judicial 9/80 avanzó con lentitud a causa de los diversos procedimientos instados por los abogados defensores de los procesados. El último de estos procedimientos acaba de ser resuelto por la sala segunda del Tribunal Supremo con una sentencia en la que se asegura que la Audiencia de Barcelona es la jurisdicción competente para pronunciarse sobre estos delitos.

Con esta resolución se rechaza la propuesta realizada por el letrado Octavio Perez Vitoria, defensor de José Luis Bruna de Quixano, quien alegaba que debía de ser la Audiencia Nacional quien juzgara este tema.

El procesado José Luis Bruna de Quixano, que venía desempeñando desde 1963 y hasta la fecha de su detención diversos cargos en la administración del Consorcio de la Zona Franca, aseguraba en su recurso ante el Supremo que el juicio debía celebrarse en el ámbito de la Audiencia Nacional, ya que existía la posibilidad de que el presunto fraude juzgado afectara a toda la economía nacional. El recurso de José Luis Bruna de Quixano se apoyaba en seis razonamientos jurídicos diferentes, que han sido desechados por la sala segunda del Supremo.

El sumario, en trámite

Los magistrados del Supremo al dictar esta sentencia recalcan que durante la tramitación del sumario lo s procesados han estado utilizando una ferie de técnicas dilatorias, que han culminado con este artículo de previo pronunciamiento.Tras rechazar a lo largo de diecinueve folios. los diferentes argumentos de José Luis Bruna de Quixano, acaban señalando que las costas de este recurso deberán ser pagadas por el recurrente, perdiendo también éste el depósito económico.

El sumario de la Zona Franca se encuentra actualmente ya concluí= do y en fase de calificación por parte de los abogados defensores. Sólo uno de los letrados defensores, el del procesado Fernando Serena, ha cumplido con este trámite de calificación. Queda pendientes el trámite de calificación provisional de los procesados José Luis Bruna Quixano y Rafael del Barco. Una vez se hayan cumplimentados estos trámites será fijada la fecha de celebración del juicio oral, que podría llevarse- a término antes de finalizar el presente año judicial.

El ministerio fiscal, al calificar provisionalmente la cansa, solicitó que se impusieran veintiséis años de cárcel a José Luis Bruna de Quixano por los presuntos delitos de falsificación y malversación de caudales públicos; doce a Rafael del Barco por los presuntos delitos de encubrimiento, receptación y falsificación; y nueve para Fernando Serena por el presunto delito de receptación. No están calificados los delitos presuntamente imputables a Antonio de la Rosa Vázquez, por encontrarse en paradero desconocido.

Está pendiente también de que se ultimen algunos detalles judiciales que se refieren a la pieza de responsabilidad civil, instruida contra los acusados. Los abogados querellantes, que representan los intereses del Consorcio de la Zona Franca y del Ayuntamiento de Barcelona, solicitaron en su día que se investigaran una serie de bienes, propiedad de los procesados y suceptibles de haberse financiado con bienes procedentes del fraude.

Entre estos bienes que deberían ser investigados se encuentra una torre propiedad de Bruna de Quixano, situada en Llavaneres, Barcelona.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_