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Se exigirá el dictamen de dos médicos para practicar un aborto por taras en el feto

El dictamen de dos médicos especialistas, distintos del que practique la intervención y favorable a la existencia de taras físicas o psíquicas en el feto, será uno de los requisitos necesarios para que no sea punible el aborto voluntario en uno de los tres supuestos contemplados por el Gobierno, que decidirá esta semana sobre el texto a remitir a las Cortes. Otro de los supuestos es la existencia de peligro grave para la vida o la salud de la embarazada.

El Gabinete ha obtenido garantías de que la fuerte oposición católica al aborto no significará la descalificación global de la Administración socialista. El Gobierno ha mantenido contactos de alto nivel con la jerarquía de la Iglesia católica española, en los que ha quedado de manifiesto, dentro de un clima general de independencia y respeto mutuo, que el ámbito de la reacción contra la despenalización del aborto será el moral y religioso y que no se negará al poder civil legitimidad para regular la materia.El texto concreto que estudiará el Consejo de Ministros en su próxima reunión coincide sustancialmente con el borrador encargado en 1979 por UCD a cuatro destacados juristas y que el Gobierno centrista eliminó finalmente de su proyecto de reforma global del Código Penal. Asimismo, la regulación proyectada es muy similar a la que reivindicaron el PNV, la Minoría Catalana y el propio PSOE, este último en aquellas de sus enmiendas más moderadas al proyecto del Gobierno centrista.

A falta de los últimos retoques jurídicos, la despenalización afectará a los abortos practicados por un médico, con consentimiento de la mujer y en sólo tres casos excepcionales. El primero de ellos es la existencia de un peligro grave para la vida o la salud de la mujer embarazada. El segundo, para los casos en que el embarazo sea consecuencia de una violación; el aborto habrá de practicarse dentro de los tres primeros meses de gestación y será necesaria la previa denuncia de la violación ante la autoridad competente. Por último, tampoco será punible el aborto cuando sea probable que el feto nazca con graves taras físicas o psíquicas. El aborto podrá practicarse entre las veinte y las veintidós semanas de embarazo, previo dictamen favorable de dos médicos especialistas distintos del que practique la intervención y que deberán pertenecer a un centro oficial de planificación familiar.

Páginas 11 y 12

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