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Nueva solicitud de procesamiento de altos funcionarios en relación con el síndrome tóxico

Un segundo escrito de solicitud de procesamiento de altos cargos de la Administración anterior ha sido presentado al juzgado de instrucción del sumario de la colza, por los letrados Francisca Sauquillo, Pilar Fernández y José María Mohedano, en representación de varias asociaciones de afectados por el síndrome tóxico.La nueva solicitud va dirigida contra los siguientes cargos de Economía y Comercio:

- Agustín Hidalgo Quintana, ex secretario de Estado de Comercio.

- José Guillo Fernández, ex director general de Competencia y Consumo y ex comisario general de Abastecimientos y Transportes.

- José Ramón Bustelo y García del Real, ex director general de Política Arancelaria e Importación.

Más información
El Juzgado de Instrucción

- Antonio Rúa Benito, ex director general de Aduanas e Impuestos Especiales.

Los letrados solicitantes estiman que de la actuación pública de estas personas cabe deducir in dicios racionales de existencia de los delitos previstos en los artículos 358 y 359 del Código Penal, referentes a dejar de promover la persecución y castigo de delincuentes faltando a la obligación de su cargo, y a dictar resoluciones injustas en asunto administrativo.

Los letrados piden también que los referidos funcionarios presten fianzas mancomunadamente en cuantía de 6.000 millones de pesetas.

Suposición de delito

Según el escrito presentado, por los abogados, se cifran las supuestas actuaciones delictivas en los. siguientes puntos:

- Autorizar a empresas directamente relacionadas con la industria alimentaria, en algún caso siendo exclusivamente fábricas de aceites comestibles, la importación de ácidos grasos industriales y aceites vegetales de uso técnico o industrial no alimentario, y de conceder estas autorizaciones incluso en plena epidemia tóxica.

- No controlar en aduana ni posteriormente el destino dado a tales aceites, aún disponiendo la subsecretaría de Economía de un cuerpo de funcionarios especializados en tales tareas y de medios técnicos adecuados.

- Tener conciencia durante los años 1980 y 1981 de graves adulteraciones de aceites de oliva, utilizando probablemente aceite de linaza, y no tomarse Medidas tales como la clausura de las empresas implicadas ni de alerta a la población. Al contrario, se detecta un aumento de las importaciones de aceites de uso industrial no alimentario y de las ventas de aceite por medio de ambulantes.

- Se tolera que empresas importantes organicen y fomenten la venta ambulante de aceites en todo el territorio nacional.

- Conociendo la Dirección General de Competencia y Consumo, el 11 de junio del año 1981, la posible relación entre aceites comercializados por Raelca y la epidemia tóxica, no se procede con urgencia a la localización de los vendedores ambulantes. Se comienza a tomar medidas concretas el 24 de junio.

- No proporcionar a las autoridades judiciales datos precisos de los tipos de aceites intervenidos por Competencia y Consumo.

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