Poder y responsabilidad
Una de las características esenciales de la sociedad democrática es la existencia inseparable del concepto de poder y del concepto de responsabilidad. No hay poder sin responsabilidad en el ejercicio del poder. La autenticidad de un régimen democrático se mide, entre otros raseros, por esta conexión poder-responsabilidad que es uno de los límites más eficaces para la arrogancia, la arbitrariedad y la corrupción del poder.Una de las líneas de profundización de la democracia desde sus orígenes se orienta en esta vinculación entre poder real y responsabilidad por el ejercicio de ese poder. Es uno de los postulados de la filosofía de los límites del poder, que se acabará incorporando al ordenamiento jurídico, incluso a nivel constitucional. Si el poder tiene una finalidad, que, como dice Locke, "consiste en hacer leyes, uniéndoles conjunta y, respectivamente, penas, y con la mira de conservar el cuerpo político...", cualquier desviación de los objetivos pone en marcha los mecanismos de responsabilidad.
Como sostiene, desde su punto de vista, Juan Jacobo Rosseau, en el Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres, "... es la máxima fundamental de todo el derecho político que los pueblos se han dado jefes para que defiendan su libertad y no para que los esclavicen...".
Con esos fundamentos doctrinales que aquí esquematizamos en los Estados de derecho, desde el Estado liberal hasta el actual tipo de Estado social y democrático de derecho, la regla es el control y la responsabilidad de los órganos del poder que derivan de esa fiscalización por parte de la comunidad o de unos órganos respecto de otros.
Este control y su, en su caso, consiguiente responsabilidad, se realiza en el interior de la sociedad democrática y respecto al poder. Su función sustituye a la reacción externa que, en los orígenes de la revolución liberal, en el siglo XVIII y en el contexto del pacto social era el derecho a la insurrección, por incumplimiento, por parte del poder, de los objetivos del contrato. Esta forma de relación entre poder y responsabilidad se sitúa, pues, en el proceso de institucionalización de la resistencia desde los confines hacia el interior del Estado de derecho. El derecho a la insurrección, pese a su equívoca denominación, era, en realidad, un problema de hecho, de fuerza, de enfrentamiento físico entre el poder constituido y la sociedad, mientras que la responsabilidad que deriva de la fiscalización del poder supone una racionalización a través del derecho de esa resistencia.
Muy diversos son los mecanismos de fiscalización que generan responsabilidad del poder. Entre ellos se encuentran los contrapesos entre los poderes, que, así, se controlan los unos a los otros. El Gobierno es controlado por el legislativo; éste, a su vez, es controlado por el Tribunal Constitucional para preservar la integridad de la Constitución frente a la producción legislativa del Parlamento. El ejecutivo, en sus normas reglamentarias y en sus actos, es controlado por el poder judicial, y el legislativo fiscaliza, en su origen, al poder judicial, al elegir a ocho de los veinte miembros del Consejo General del Poder Judicial, y también al Tribunal Constitucional, al elegir ocho de sus doce magistrados -cuatro el Congreso, cuatro el Senado-. Este complicado juego de contrapesos de poder por competencias limitadas entre ellos y por las técnicas de fiscalización mutua genera, en caso de desbordamiento, responsabilidades que pueden ser políticas o jurídicas, y éstas, a su vez, pueden ser administrativas, civiles y penales.
No se trata aquí de hacer un estudio pormenorizado de cada una de estas modalidades de responsabilidad por las cuales un Gobierno es censurado, o una autoridad o funcionario condenado en el ámbito penal o civil, o sancionado en el ámbito administrativo: lo cierto es que no hay poder irresponsable y si alguna autoridad lo es, significa que carece de poder o de prerrogativa en una sociedad democrática.
Pero los mecanismos de fiscalización y de responsabilidad no se limitan al ámbito de las relaciones entre los distintos poderes, se plantean también entre los poderes y la sociedad, los ciudadanos y los grupos sociales, y eso desde el origen del pensamiento liberal, donde el contractualismo supone, precisamente, esa dependencia última del poder en relación con la sociedad. Las palabras del Segundo tratado
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Poder y responsabilidad
Viene de la página 7del Gobiemo civil, de Locke, eximen de cualquier comentario: "... el origen del cuerpo político proviene de la convención y consentimiento mutuo de los que se han reunido para componer una sociedad... ".
Esta fiscalización generará una responsabilidad del mismo tipo, aunque la política sea más difusa y menos reglada que en los anteriores supuestos, cuando se produce para el Gobierno en el ámbito de las Cortes Generales. El ejercicio de los derechos fundamentales supondrá límite al poder y la vigilancia del respeto a la libertad de reunión, de expresión, de asociación, religiosa, de participación política, etcétera, será la forma de fiscalización en este contexto y la infracción o violación de esos derechos pondrá en marcha la consiguiente responsabilidad civil, penal y administrativa y ya veremos en qué condiciones, también, política.
En este ámbito las relaciones se complejizan, puesto que entran en juego poderes no institucionales, poderes privados, detentados por personas privadas o por colectividades privadas, que deben ser fiscalizadas, asimismo, porque pueden infringir o violar derechos fundamentales. Qué duda cabe que algunos derechos, como el derecho de asociación sindical, o de huelga, o la libertad de enseñanza, pueden ser violados por los particulares, tanto o más que por las autoridades públicas. Es, asimismo, indudable que el derecho al honor y a la intimidad personal pueden también ser violados por particulares, especialmente a través de los medios de comunicación social.
En la moderna sociedad democrática postindustrial existe, como dice el profesor Bobbio, un tipo de pacto social cotidiano, que no tiene ya el sentido clásico de explicar el origen del poder y de justificarlo, si no que supone una acción habitual de poder y de creación normativa a través de partidos políticos, de sindicatos y de medios de comunicación social.
En muchos supuestos, los centros clásicos de poder público son sustituidos por esos nuevos centros de poder. Así, un partido político mayoritario decide, desde el partido, del sentido y de la orientación de muchas instituciones, cuyos órganos deliberantes son sólo reflejos de las decisiones adoptadas en el seno de las direcciones de los partidos, así también el acuerdo colectivo entre sindicato y patronal puede afectar y, consiguientemente, interesar más a muchos ciudadanos que muchas leyes, aprobadas en el Parlamento. Así, por fin, la fiscalización política y a veces la responsabilidad política se impulsan más por una campaña de Prensa que por un debate parlamentario.
Estos ejemplos significan que la relación entre poder y responsabilidad se ha complejizado. El tema no queda resuelto en el ámbito de las instituciones públicas, donde la relación es adecuada y funciona con normalidad en la sociedad democrática. La existencia de esos nuevos poderes, partidos políticos, sindicatos, Prensa, radio y televisión privada obliga a plantear la relación poder y responsabilidad en esos supuestos. Hay que reconocer que aquí estamos todavía en los inicios, que el complejo y matizado edificio de la relación poder, fiscalización del poder y responsabilidad no existe, y que los poderes sociales indicados se resisten al control y a la responsabilidad.
En el aspecto del funcionamiento de los poderes sociales se puede decir que la sociedad moderna es una sociedad todavía predemocrática y una sociedad unidimensional, porque los poderes sociales controlan a los poderes institucionales, pero no al contrario, con lo cual el equilibrio se rompe en favor de los primeros.
Mi punto de vista es que, también en este ámbito, hay que avanzar para profundizar la democracia y, en definitiva, para garantizar la libertad igualitaria de los individuos que es lo que importa, sometiendo a los poderes sociales a la relación poder responsabilidad, con todos los matices que existen en el ámbito institucional.
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