La justicia militar no trató la petición de libertad de siete condenados del 23-F
El Consejo Supremo de Justicia Militar, presidido por última vez por el teniente general Alvarez Rodríguez, no trató en su reunión de ayer, contra lo esperado, la petición de libertad solicitada por siete condenados del 23-F que cumplieron en agosto las tres cuartas partes de su condena. La razón formal podría estar en que el CSJM no había recibido en la mañana de ayer la respuesta del Tribunal Supremo al traslado de dicha petición que realizó el miércoles pasado. Sin embargo, el Tribunal Supremo comunicó el martes pasado al CSJM que era competencia suya la resolución de dicha petición. En la mañana de ayer el Tribunal Supremo volvió a comunicar al CSJM que la jurisdicción personal de los condenados competía a dicho tribunal militar, como él mismo lo había reconocido en el auto de admisión de los recursos, en junio.Algunos de los abogados de los peticionarios han manifestado su descontento con la lentitud que está imprimiendo el CSIM, a sus acciones con respecto a dicha solicitud de libertad que afecta a los capitanes Dusmet, Cid, Lázaro, Pérez de Lastra, Acera, Bobis y el civil García Carrés, y que contrasta con la celeridad del Tribunal Supremo.
La solicitud de libertad fue presentada por primera vez el pasado mes de julio y volvió a ser reiterada el 24 de agosto, al cumplir aquéllos las tres cuartas partes de la condena preceptivas para solicitarla. La sala de vacaciones del CSJM se reunió el 9 de septiembre y se autoemplazó para resolver definitivamente el asunto en la primera reunión del próximo consejo del nuevo año judicial. Cuando ésta tuvo lugar, el pasado día 16, el CSJM decidió no pronunciarse sobre dicha petición y remitirla, lo que hizo siete días más tarde, al Tribunal Supremo, ante el que están interpuestos los recursos contra sus respectivas condenas. No obstante, en la providencia citada, éste último tribunal declaró que la jurisdicción sobre la situación personal de los condenados del 23-F competía al CSJM.
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