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"El pleno del Supremo debería entender el recurso del 23-F", opina el catedrático Prieto Castro

"El Pleno del Tribunal Supremo debería ser el órgano que entendiese el recurso de casación sobre las sentencias del Consejo Supremo de Justicia Militar", según ha declarado a Efe el catedrático de Derecho Procesal y académico de de la Real de Jusrisprudencia y Legislación, Leonardo Prieto Castro.El profesor Prieto argumenta que "si en las sentencias del Consejo Supremo de Justicia Militar han intervenido diecisiete juzgadores, ahora sería conveniente que no lo hicieran solamente los cinco de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, más dos por tratarse de penas máximas, sino los magistrados y presidentes de todas las salas, el pleno, que se compone de unas 68 personas".

En opinión del citado catedrático el recurso de casación puede resolverse en dos sentidos. En primer lugar, el Tribunal Supremo puede determinar que existe error del tribunal sentenciador en cuanto en la apreciación de los hechos y en su calificación, o denunciar defectos del procedimiento del contenido de la sentencia, o la irregular constitución del tribunal. La primera modalidad llevaría a modificar la sentencia en el sentido que procediese, por el mismo Tribunal Supremo, mientras la segunda conduciría a declarar la nulidad de lo actuado a partir de la falta y a la reposición del procedimiento por el Consejo Supremo de Justicia Militar. Dice también que este modo de producirse las cosas parece un tanto anormal porque la ley de 1980 se remite a la de enjuiciamiento criminal, que contempla tina sala de audiencia provincial sobre la que la Sala Segunda del Tribunal Supremo tiene autoridad jurisdiccional. Es decir, es el órgano superior en jerarquía, lo que no ocurre con el Consejo de Justicia Militar".

"Como se viene diciendo por el Gobierno y los partidos políticos", añade, "el Código de Justicia Militar tendría que ser modificado, en el sentido de que algunas causas por determinados delitos fuesen sometidas al enjuiciamiento de de tribunales no militares".

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