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Tribuna
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Camino de perversión

Un liberal ilustre, Hayek, calificó de camino de servidumbre el creciente intervencionismo estatal y consiguiente socialización de la economía cuyos máximos exponentes, marxista y fascista, propugnaron desde la década de los treinta.A juicio del que después sería premio Nobel de Economía, la socialización, la hiciera quien la hiciera, la derecha o la izquierda, acababa con el pluralismo de las ofertas y de las opciones y, en consecuencia, también con la libertad.

Años después, un gran jurista, también de estirpe liberal, Hippel, calificaba de perversión del orden jurídico la triste experiencia vivida por la Alemania nazi desde 1933: la utilización, al menos aparente, de las técnicas constitucionales y legales democráticas para acabar con la propia democracia y la libertad.

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Sin duda, para ello invocaron razones políticas. Por ejemplo, consideraron que la diversidad de voces sociales, por buenas que fueran todas ellas, producían tensiones y dividían a la sociedad. Un viejo atavismo, propio de las sociedades arcaicas, el mito de la unanimidad que hoy llamaríamos consenso, justificaba acabar con ese ingrediente de las sociedades libres que se llama diversidad de opinión y libertad de expresión. La torcida aplicación de la ley por una Administración y una justicia politizada hizo lo demás.

El gancho para colgar tan eruditas referencias a Hayek e Hippel es la resolución de la Junta Electoral Central prohibiendo la campaña electoral de los empresarios andaluces. Yo no voy a juzgar el fondo de la campaña, sus calidades estéticas o su oportunidad política, aunque sí creo preciso dejar bien claro que los empresarios de todo el mundo occidental han expresado por doquier su poca simpatía frente a las opciones socialistas, uno de cuyos postulados es la negación de la libre empresa por más que los líderes del socialismo español, dejando de lado su programa máximo y las opciones de sus últimos congresos, pretendan hoy, de cara al electorado, decir otra cosa.

Quiero opinar simplemente, en tanto una resolución administrativa no me prive del derecho de hacerlo, sobre los fundamentos jurídicos invocados y sobre sus consecuencias políticas.

El dogma legítimo

La resolución se ha basado en la invocación del decreto-ley de 1977 que regula la campaña electoral realizada por quienes directamente participen en el proceso electoral, y de ello deduce la carencia de legitimación de un grupo social concreto ajeno a los partidos concurrentes para realizar propaganda de cara a las elecciones.

La primera pregunta que se plantea el atónito intérprete de tal decisión, es si se niega la legitimación de la Confederación Empresarial por ser un grupo social, o porque su campaña es contraria a la opción social-comunista.

Atendiendo a los propios términos de la resolución, donde se prohibe especialmente la campaña frente al partido socialista y a la experiencia de éstas y de las pasadas elecciones generales, donde fuerzas sociales politizadas de tendencias marxista como UGT y CC OO y sus múltiples filiales y correas de trasmisión han hecho una campaña tan cortés y delicada como de don Marcelino Camacho puede esperarse, todo haría pensar que lo que la Junta Electoral prohibe es contrariar las tendencias sociocomunistas, puesto que jamás se ha preocupado de poner coto para propaganda sindical filomarxista. Se trataría de una violación sangrante de la igualdad ciudadana, pero todos sabemos que el marxismo ha reiterado con virulencia la vieja doctrina reaccionaría de "toda la libertad para la verdad, ninguna libertad para el error". Tal vez, la peculiar interpretación de nuestra normativa electoral reitere inconscientemente expresiones de la encíclica Mirari vos o de Lenin: cuando hay un dogma que se pretende legitimar, hoy por el viento de la historia, es ilegítimo cuanto a ello se opone.

¿Qué es el pluralismo político?

Sin embargo, lejos de mi pensar que tan antiliberal y antidemocrática interpretación subyazca a las decisiones de un órgano al que tan profundamente respeto. Más bien supongo que la prohibición de la campaña no se debe al contenido antisocialista de ésta, sino a que procede de un grupo social distinto de los partidos. Sin duda, ello tiene escasísima base jurídica. Por ejemplo, sabemos que, según el artículo 4 del Código Civil, la previsión normativa de un supuesto no supone la necesaria exclusión de los demás, y ello es aplicable a las normas que rigen la campaña electoral. Sabemos también que una norma de rango legal dictada en 1977 no puede en manera alguna enervar un derecho constitucionalmente como es la libertad de expresión reconocido con la máxima pretensión de validez en el artículo 20 de la Constitución de 1978. Tanto es así, que en un caso de menor alcance, la libertad de publicación de Prensa periódica los lunes, los más importantes medios de información, la profesión periodística y, por supuesto, todos los partidos, incluso el socialista y el comunista, consideraron imposible mantener el monopolio de la Hoja del Lunes y la prohibición del resto de la Prensa una vez que la libertad de expresión con carácter general había sido reconocida en el citado artículo 20 de la Constitución.

Pero es claro que cada uno sabe todo el derecho que puede y no a todos es dado saber mucho. Lo grave de ciertos dislates son las consecuencias prácticas que producen.

Si se prohibe expresarse sobre temas políticos a un grupo social ajeno a los partidos, violando el artículo 20 de la (Constitución, se está socavando el principio del pluralismo político, fundamento de toda libertad reconocida como pilar de nuestro sistema democrático, reconocido en el artículo 19 de la norma fundamental.

El pluralismo político no es sólo el pluralismo de los partidos políticos, que también existe, por cierto, en muchas democracias populares bajo la hegemonía de un partido comunista en cuyo favor los partidos socialistas de Checoslovaquia, Polonia o de Alemania traicionaron el socialismo democrático. El pluralismo político es el pluralismo de toda la sociedad, en lo religioso, lo cultural, lo económico, lo profesional, y supone la libertad de esta pluralidad de fuerzas para expresarse, no sólo en temas de su interés, sino en temas de política general, como se hace en todo Occidente y, hasta ahora, en España lo han venido haciendo los sindicatos.

Si hoy se niega el derecho de los empresarios a opinar sobre el modelo económico y social, mañana se negará a los padres de familia a pronunciarse sobre la política educativa; pasado, el de la Iglesia sobre las cuestiones morales, y al otro, el de cualquier colegio profesional a decir esta boca es mía.

Con ello, el señor Añoveros o el señor Piñar, que han coincidido con el señor Carrillo y el señor González en elogiar la prohibición de la campaña empresarial, habrán conseguido su meta, una sociedad unánime y sin tensiones, como la que la perversión del orden jurídico conseguía en Alemania desde 1933, o la que un orden jurídico ya pervertido está imponiendo cada día en Polonia.

No se trata de exageraciones, sino de una brutal realidad. Acallar las voces sociales cuando resultan molestas, y por ello se reputan peligrosas, es la vía del totalitarismo, sea de izquierda, sea de derechas.

Quienes en la izquierda y en la derecha tengan un talante liberal, deben hacer frente común contra la decisión que nos introduce en tan peligrosa vía y, por supuesto, sacar las consecuencias del juicio que cada partido político ha dado sobre el tema, para estimar si la libertad, la Constitución y la democracia representan para ellos valores permanentes o puros instrumentos de alcanzar poder, como las elecciones lo fueron para Hitler en 1933.

Miguel Herrero de Miñón es diputado de Coalición Democrática.

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