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TRIBUNALES

Anulados los baremos para el acceso a los cuerpos postales

La orden del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de fecha 4 de julio de 1979, por la que se aprobaron los baremos que regirán en los concursos para el acceso a los Cuerpos Superior Postal y de Telocomunicación y otros, ha sido declarada nula de pleno derecho por el Tribunal Supremo, que estima que la misma debió ser dictada por el Consejo de Ministros.La sentencia del Tribunal Supremo ha sido dictada al estimar el recurso contencioso - administrativo interpuesto contra dicha orden ministerial por José Iglesias Díaz, funcionario del Cuerpo Técnico de Correos. En primer lugar, la sentencia considera que la orden recurrida es una disposición de carácter general, ya que los baremos vienen a establecer una opción política que corresponde a la Administración del Estado respecto de qué funcionarios han de integrarse en los distintos cuerpos de Correos y Telecomunicaciones, concediendo, los derechos de preferencia y colocación de las escalas y, según se valoren unos u otros méritos, a la preferencia en el desempeño en los puestos directivos, a la experiencia o a los conocimientos y titulación. Según el Tribunal Supremo, esta opción por su propia naturaleza de afectar a la organización de los cuerpos de funcionarios, sólo puede ejercerse por una disposición de carácter general, y, por tanto, el órgano competente para pronunciarse sobre su legalidad es el Tribunal Supremo y no la Audiencia Nacional, como pretendía el abogado del Estado.

El Tribunal Supremo, que establece que la competencia para dictar una orden en materia de reglamentos de personal es por imperativo legal del Consejo de Ministros, manifiesta que la nulidad de la orden del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de 4 de julio de 1979 implica también la invalidez de los actos posteriores y derivados de la misma.

El tema de los baremos aplicables en los concursos de acceso por una sola vez a Ios cuerpos de Correos viene preocupando a los funcionarios de dichos cuerpos, muchos de los cuales han impugnado la orden que los establece. Una anterior sentencia del Tribunal Supremo, que no contradice la dictada ahora, estableció conformes a derechos los criterios tenidos en cuenta por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para elaborar los baremos aplicables a los concursos.

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