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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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La Constitución, asignatura pendiente

«El plan general de enseñanza será uniforme en todo el reino, debiendo explicarse la Constitución política de la Monarquía en todas las universidades y establecimientos literarios ... » (artículo 368 de la Constitución de 1812).Es una constante del pensamiento ilustrado y liberal español la consideración humanista de la enseñanza como baluarte esencial para el desarrollo y el progreso de los pueblos: por el lo no es extraño que nuestros primeros constituyentes elevaran al rango de disposición constitucional la obligatoriedad de enseñar en primer lugar la misma Constitución.

«Siempre que se empieza a discutir sobre los obstáculos de opinión que impiden el progreso de las sociedades políticas, ¿quién no ha de sorprenderse, amigo mío, de que estos obstáculos sean mil veces más multiplicados y difíciles de vencer que los de la naturaleza?», nos dice ya en 1795 el conde de Cabarrús, en una carta al príncipe de la paz, cuyo título sirve de encabezamiento a este artículo, y continúa, «taladrar los montes, refrenar o dirigir los ríos, vencer el océano, todos estos milagros de la industria humana son juegos si se cotejan con el empeño de hacer ver y seguir al hombre su verdadero interés».

Empeño que casi dos siglos después vuelve a cobrar toda su vigencia cuando en la aciaga noche del 23 de febrero la modernización, el desarrollo, el progreso y la civilización de España estuvieron de nuevo en un tris de saltar hechas pedazos bajo el oscurantismo.

Este grave atentado contra la democracia ha sorprendido a los españoles con una asignatura pendiente, la asignatura de la Constitución. Nuestros constituyentes de 1978 no le han dado a su enseñanza el rango que le otorgaron los diputados de las Cortes de Cádiz.

Aprobado por un pelo

Nos lo tenemos merecido poimalos alumnos. Cinco años con el libro de la democracia metido en un polvoriento cajón, y al final, como desesperados, para sacar un aprobado raso. La convocatoria efectuada en el aula de exámenes en que se convirtieron nuestras calles el viernes 27 de febrero se supero mas por intuicion que por conocimiento, ya que durante este largo curso académico la Constitución estuvo ausente de los centros de enseñanza: las escuelas de educación básica, bachillerato y formación profesional, las universidades, las empresas, las asociaciones de vecinos, la Administración pública, las academias militares...

Cuando una revolución triunfa (ejemplos: revolución francesa, americana, rusa, nicaragüense...), una de las tareas inmediatas de los gobernantes consiste en la renovación del sistema de educación nacional. En España, es obvio, no se ha dado una revolución, pero sí una modificación sustancial del sistema de valores del anterior régimen. Sin embargo, en el sistema educativo no se han propiciado los cambios necesarios.

Parece ser que nuestros legisladores no han comprendido aún que los sistemas sociales son generadores de sistemas de enseñanza y de educación destinados a afirmar la coherencia y la continuidad de los Estados y que la existencia de una sociedad libre no se concibe más que dentro del marco de la libertad de pensamiento y de expresión, para la cual hay que preparar a la juventud, del mismo modo que hay que fomentar el espíritu crítico en la formación intelectual. En resumen, nuestros «hombres de Estado» no han comprendido aún la evidencia tan certeramente expuesta por C. O. Bunge de que «no es posibe organizar el Estado sino por medio de la educación, no es posible organizar la educación sino por medio del Estado». Y organizar hoy la educación en la España de 1981 significa, entre otras cosas, garantizar el conocimiento de la Constitución, tanto en la enseñanza pública como en la privada.

La ley 19/ 1979, que reguló el conocimiento del ordenamiento constitucional en bachillerato y formación profesional de primer grado, no prefiguraba la forma en que debían desarrollarse estas enseñanzas, facultando al Gobierno para hacerlo conforme a «criterios de racionalidad pedagógica y científica».

Estos criterios han conducido exclusivamente a la redacción de dos humildes circulares de la Dirección General de Enseñanzas Medias (ni tan siquiera una orden ministerial), que incluye la enseñanza de la Constitución en unos pocos temas tomados de prestado a los recargados programas de Filosofía y Geografía e Historia de tercer curso de BUP y de Formación Humanística en segundo curso de formación profesional de primer grado, no constituyendo en ningún caso «materia específica objeto de evaluación por sí misma».

Todavía se está a tiempo de rectificar. Ahora que el Gobierno ha enviado al Congreso una ley para la defensa de la Constitución, tal vez sería también el momento de reconsiderar la importancia de su enseñanza, y no sólo en el ámbito formal del sistema educativo, sino en todas las instituciones y parcelas de la vida social. En este sentido, las organizaciones juveniles de UCD, PSOE, PCE y, AP, que en una reciente reunión conjunta han estudiado «el desarrollo de acciones encaminadas a explicar la Constitución a la juventud», deberían quizá comenzar por influir en sus partidos respectivos para lograr un desarrollo adecuado de la ley sobre conocimiento del ordenamiento constitucional.

Pese a ello, bastaría -si no se quiere modificar la ley ampliando sus efectos a todos los ámbitos de la sociedad española- con desarrollarla por decreto con un criterio más amplio y generoso que el actual. El contenido de la ley permite este tipo de desarrollo.

Agustín Galán Machío es director de Cuadernos de Ciencia Política y Sociología, revista del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.

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