Los emigrantes y exiliados podrán convalidar sus títulos universitarios
Los emigrantes y exiliados podrán convalidar sus estudios totales extranjeros y cualesquiera títulos universitarios obtenidos en centros extranjeros si se acogen al real decreto que acaba de dictar el ministro de Universidades e Investigación, Luis González Seara, que desarrolla el real decreto del 31 de julio del presente año.Para poder acogerse al citado decreto se deberá cursar una solicitud, dirigida al titular del departamento, en la que habrá de constar tanto la naturaleza de los estudios realizados como su condición de exiliado político o emigrante. Por lo que respecta a los estudios cursados, se exige una relación detallada de las materias cursadas, así como de la titulación académica lograda, indicando el centro universitario y el lugar donde se han alcanzado.
Para el caso de los exiliados políticos habrá que documentar, con los justificantes que el solicitante estime oportunos, su condición de exiliado político. Bastará cualquier prueba o documentación que sea válida en Derecho.
Si se trata de emigrantes, la documentación requerida deberá demostrar su condición de emigrante, informada por el cónsul de España competente en el lugar de residencia en la emigración o por el Instituto Español de Emigración.
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