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TRIBUNALES

Anulada la condena que le fue impuesta a la duquesa de Franco por contrabando

El Tribunal Económico-Administrativo Central ha anulado la condena impuesta por el Tribunal Provincial de Contrabando de Madrid a Carmen Franco de Martínez-Bordiú, duquesa de Franco, hija del anterior Jefe del Estado, como autora de una infracción de contrabando.

La sentencia, ahora anulada, condenó a la duquesa de Franco a una multa de 6.800.000 pesetas, cuádruplo del valor que se estimó de 31 medallas y siete insignias que pertenecieron al generalísimo Franco y que la duquesa de Franco pretendió sacar del país el 13 de abril de 1978, a través de la aduana del aeropuerto de Barajas, con la finalidad, según ella misma declaró, de encargar con dichos objetos la realización, fuera de España, de un reloj artístico. La sentencia estimó que las medallas e insignias ofrecidas al anterior jefe del Estado durante su mandato por distintas entidades y corporaciones públicas eran inexportables, en consideración a su valor histórico y artístico, siendo depositadas en el Ministerio de Hacienda, en espera, en caso de ser requisadas definitivamente, de ser enviadas a un museo nacional.La sentencia ahora dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, ante el que recurrió la duquesa de Franco, a través del procurador de los tribunales Francisco de Guinea Gauna, declara que «los hechos objeto del expediente no son constitutivos de infracción de contrabando», y absuelve a Carmen Franco, «a la que le serán devueltas las medallas e insignias aprehendidas», así como las cantidades que haya ingresado por este concepto en el Tesoro Público. La sentencia del Tribunal Económico-Administrativo Central será firme dentro de dos meses, durante los cuales puede recurrir el Ministerio de Hacienda, a instancias del cual fue iniciado el expediente, ante una de las salas de lo contencioso-administrativo de la Audiencia de Madrid.

La sentencia, por la que se absuelve a la duquesa de Franco de la infracción de contrabando, por la que fue condenada en instancia inferior, estima que aquélla no tuvo intención de cometer tal infracción, pues utilizó la salida normal de viajeros, sometió su equipaje a la detección de metales y llevaba las medallas e insignias en dos bolsitas de plástico a la vista, sin que se apreciasen dobles fondos o paredes en el maletín y en el bolso que llevaba. Por otra parte, el comportamiento de la duquesa fue correcto y «nunca ofreció resistencia».

Finalmente, la sentencia establece que el valor histórico y artístico de unos objetos sólo puede surgir de una declaración expresa por orden ministerial, y ha de referirse a bienes de no menor antigüedad de un siglo, requisitos que n » o se dan en las medallas e insignias que pretendía sacar de España la duquesa.

En relación con esta resolución, el procurador de los Tribunales Francisco de Guinea Gauna ha declarado a Europa Press que la sentencia «representa sacar a flote un apellido». «No se trata», ha añadido, «exclusivamente de una multa, de una condena o de un delito, sino de una posible vejación o humillación de un apellido ilustre, al que, no por el fallo, sino por los comentarios que se hicieron públicamente, habían hecho motivo de escándalo».

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