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La Guardia Civil mantiene su carácter de cuerpo castrense

La Comisión de Defensa del Congreso dictaminó ayer el proyecto de ley orgánica por el que se regulan los criterios básicos de la defensa nacional y de la organización militar. La naturaleza militar de la Guardia Civil fue objeto de un amplio debate, y suscitó, de hecho, la única confrontación seria de posiciones en la sesión de ayer. La primera reforma de cierta entidad, al texto propuesto por la ponencia, tuvo lugar en el artículo 19, que define a la defensa civil como «la disposición permanente de todos los recursos humanos y materiales y no propiamente militares al servicio de la defensa nacional y en lucha contra todo tipo de catástrofes extraordinarias».

En el artículo 29, primero de los que tratan sobre la organización territorial de las Fuerzas Armadas, se aceptó una reforma del texto de la ponencia para fijar que será por ley como se haga el establecimiento de la organización territorial de la defensa. Igualmente se aceptó, en el artículo 31, que «el ministro de Defensa, oída la Junta de Jefes de Estado Mayor, podrá proponer al Gobierno el establecimiento de zonas de defensa bajo mando unificado».Al abordar el título quinto del proyecto, que trata del servicio militar, el comunista Simón Sánchez Montero intentó una enmienda de adición, en la que se pretendía que la nacionalidad española de origen o adquirida fuese requisito indispensable para formar parte de las Fuerzas Armadas españolas y que la concurrencia de antecedentes penales por delito doloso fuese causa de inhabilitación absoluta para el acceso a cualquier forma de voluntariado y reenganche. Tras varias intervenciones, en las que se señaló que no se trataba de modificar el status de la Legión a través de este artículo, UCD y Coalición Democrática se opusieron a esta enmienda.

El artículo 33 contó con enmiendas del Grupo Andalucista y de la Minoría Catalana. Coincidían los dos grupos en el deseo de que el servicio militar se prestase, preferentemente, dentro de la región o nacionalidad en la que estén domiciliados los llamados a filas. Julio Busquets, por los Socialistas de Cataluña, apoyó la propuesta, concretamente la de la Minoría Catalana. Manuel Fraga se opuso, y advirtió del peligro que supone caer en una suerte de milicias regionales. Guillermo Medina, en nombre de UCD, argumentó que el artículo tal y como está redactado en esta ley orgánica no prejuzga lo que en este punto haya de establecer la ley de Servicio Militar y que, en todo caso, hay que atender con preferencia a un Ejército distribuido sobre bases operativas y no con una base fundamentalmente territorial.

Se entró inmediatamente después en el título sexto, que regula a la Guardia Civil. Sánchez Montero, en nombre de los comunistas, pretendió que se suprimiesen los dos artículos de que consta el título. Fraga argumentó que no era posible aceptar esta pretensión porque la tradición institucional, el prestigio nacional e internacional del cuerpo, el que muchos lo vean «como baluarte de la unidad de España cuando muchos de sus miembros caen», los nuevos cometidos, como policía de fronteras, tráfico que desarrolla la Benemérita con ejemplaridad e incluso razones de derecho comparado, abonan la necesidad de mantenerlo con su actual caracterización militar.

Luis Solana, en nombre de los Socialistas del Congreso, aseguró que suscribía casi en su totalidad la intervención de Fraga, y que la entendía casi como un apoyo a la enmienda que ellos presentaban. La propuesta socialista era la siguiente: «La Guardia Civil es un cuerpo de estructura y organización militar que depende del Ministerio de Defensa para su disciplina, armamento y en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que se le encomienden, y del Ministerio del Interior en todas las restantes funciones.»

Antonio Jiménez Blanco, en nombre de UCD, propuso un texto de transacción, que resultó definitivamente aprobado en estos términos: «La Guardia Civil es un cuerpo militar y como tal adscrito al Ejército de Tierra, que depende del ministro de Defensa en cuanto a su disciplina y servicios de carácter militar. En el desempeño de sus funciones relativas al orden y la seguridad pública depende del ministro del Interior, en los términos que establezca la ley orgánica sobre Seguridad Ciudadana. »

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«El reglamento orgánico de la Guardia Civil será aprobado por el Gobierno, a propuesta de los ministros de Defensa e Interior, y regulará, de acuerdo con la ley, la organización, funciones, armamento y el régimen de personal y disciplinario.»

El texto fue aceptado, aunque Fraga, que había anunciado su oposición, se abstuvo en la votación. El texto de la ponencia señala que «la Guardia Civil es un cuerpo militar que, como tal, forma parte del Ejército de Tierra ... »

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