La oferta económica será secundaria en el nuevo concurso
Rara vez ha recibido apoyo la fiesta de los toros en los últimos cuarenta años. Cuando se efectuó la reforma del reglamento taurino, el Boletín Oficial del Estado dio curso a un texto que amparaba una de las más graves corruptelas del espectáculo: que se lidiaran novillos por toros. El establecimiento del libro-registro de la edad de las reses acabó, en gran medida, con el fraude, y esta es quizá una de las pocas medidas eficaces que ha adoptado la Administración en materia taurina.
Mientras tanto, desde todos los estamentos de la fiesta, y muy principalmente desde las áreas responsables de afición, se pedía la protección, difusión y promoción del espectáculo, el cual se ha venido consumiendo, víctima de su arcaica estructura y de los intereses exclusivos de determinados sectores profesionales. Estas peticiones, acentuadas durante las tres últimas temporadas, han tenido la primera respuesta en la Diputación de Madrid, cuyo vicepresidente, el diputado del PCE Luis Larroque, al frente de un selecto grupo de trabajo, ha presentado al pleno de la Corporación -y ésta ha aprobado un plan de acción para llevar a cabo la política taurina que precisa el delicado momento de la fiesta, y en ella afronta, sin reservas de ningún tipo, sus principales problemas.Consciente la Diputación democrática de que el hecho de poseer en propiedad la principal plaza del mundo -la Monumental de Las Ventas- comporta un compromiso que sus antecesoras ignoraron, asume sus responsabilidades y crea un órgano especial de administración, de cuyas características y funciones dimos cuenta en la edición de ayer. También en aquella ocasión referimos cómo efectuará la Diputación la promoción del espectáculo, y hoy recogemos aquí las bases que ha establecido para el pliego de condiciones, en el caso de que haya que rescindir el contrato de arrendamiento de Las Ventas a Diodoro Canorea. El coso sería sacado a concurso (no a subasta) y la oferta económica de los licitadores tendría carácter secundario, mientras prevalecerían los criterios que supongan una promoción real del espectáculo taurino.
Bases para un nuevo pliego de condiciones.
Estos criterios, que la Diputación considera prioritarios, son los siguientes:
1. Plazos de uno o dos años como mínimo.
2. Control de precios.
3. Adjudicación mediante concurso.
4. Introducción en el pliego de factores cualitativos.
5. Reserva para la Diputación de la organización de un número determinado de festejos al año, que le permita una política propia, acumulación de experiencias y maduración de un equipo de gestión.
La explotación directa de la plaza de Las Ventas no la encuentra deseable la Diputación a corto plazo, dado que no cuenta con una estructura operativa eficaz. Sin embargo, afrontaría la tarea en caso necesario y la considera adecuada a medio plazo.
En el caso de tener que convocar nuevo concurso, las características generales del pliego de condiciones, aprobadas por el pleno de la Diputación, serían las siguientes:
- El documento contractual contendría todas las relaciones Diputación-arrendatario, aquéllas que el vigente pliego de arrendamiento remiten a un reglamento de régimen interior, que hasta la fecha no se ha confeccionado.
- La Diputación se asegurará la intervención plena en todo el desarrollo de los diversos espectáculos a celebrar en el coso de su propiedad, en defensa tanto de la Beneficencia Provincial como de los aficionados.
- Se asegurará su intervención en defensa del cumplimiento de la legalidad vigente, lo mismo en materia de espectáculos en general como en el cumplimiento del reglamento taurino, arbitrando la fórmula jurídica para que pueda considerarse parte en los conflictos que puedan suscitarse con la autoridad gubernativa, en defensa de los intereses que le puedan ser propios directamente para sí, para el arrendatario o para los aficionados.
- En el pliego se atenderá más a los aspectos cualitativos que a la oferta cuantitativa. Se prestará especial atención al número y calidad de 161 festejos que asegure celebrar el concesionario, y éste ofrecerá garantías de que la realidad se produzca conforme a los carteles anunciados y a la calidad artística ofertada. Se estipularán las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento.
- Tendrán especial valoración las fórmulas imaginativas que supongan novedad y comodidad para los aficionados.
- Se asegurará la contratación combinada y solidaria para las ferias de San Isidro y de otoño, de las denominadas figuras. Asimismo el compromiso de actuación en la corrida de Beneficencia y en la de la Mutualidad de Funcionarios de la Diputación.
- Se establecerán criterios para fijar el precio de las localidades en relación con las temporadas anteriores y los distintos tipos de espectáculos
- Finalizada la feria de San Isidro, y hasta la de otoño (que preférentemente se celebrará en la segunda quincena de septiembre), se asegurará la organización de novilladas, en combinación o no con la Escuela Nacional de Tauromaquia, durante un número determinado de jueves.
- Se dará un papel arbitral decisivo a la Comisión de Toros de la Diputación (suponemos que, más bien, al órgano especial de administración), para dirimir sobre la calidad de los espectáculos, su adecuación al pliego, aplicación de sanciones, sustituciones imprevistas, etcétera.
- La composición de los carteles, especialmente los de abono, se someterá, con la antelación suficiente, a la aprobación de la Diputación.
- Tendrán especial valor, para la adjudicación, las ofertas que supongan mejoras, tanto en las instalaciones como en la organización y celebración del espectáculo; a título de ejemplo, la colaboración en la confección del programa de mano u oficial, instalación de un panel electrónico en el que se consignen todos los datos de la lidia: nombre y características del toro, matadores y subalternos que en cada tercio intervienen, más marcador de avisos,etcétera.
- En lo que concierne a ganaderías, se considerarán las ofertas que incluyan hierros de reconocido prestigio. La, prestación, trapío, integridad de las astas, etcétera, deberán responder a las exigencias de la afición madrileña. Tendrán especial consideración las fórmulas que garanticen la integridad de las astas, y que no se produzca cualquier otra manipulación fraudulenta de las reses.
- Será otra ventaja a estimar el ofrecimiento de organización de festejos taurinos en la provincia de Madrid.
- Las condiciones de los licitadores, las garantías de los avales bancarios, etcétera, se contemplarán en el pliego de condiciones de forma inequívoca y que asegure plenamente su cumplimiento y la cobertura de los intereses de la Diputación.
- Obviamente, deberán tenerse en cuenta todas las cláusulas del vigente pliego, que son de utilidad y vigencia indispensable, tales como la concerniente a obras, cuentas de subarrendamiento, reserva de localidades, etcétera.
- Respecto a la forma del canon de arrendamiento, se propone una cantidad fija, a determinar, más una participación en los ingresos brutos de taquilla.
También serán conceptos básicos del nuevo pliego de condiciones:
- Dar corridas los jueves.
- Coordinación de la feria de San Isidro con la corrida de Beneficencia.
- Concurso (no subasta) para un plazo de uno o dos años.
- Facultades supervisoras de la Diputación sobre los carteles de San Isidro.
- Apoyo a la Escuela de Tauromaquia.
Babelia
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