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Nuevas competencias del Consejo de Seguridad Nuclear

La Comisión de Industria y Energía del Congreso prosiguió ayer el debate del proyecto de ley de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, comenzado la semana pasada. En la discusión se aceptaron enniiendas centristas y socialistas, que añaden nuevas funciones al Consejo, recogidas en el artículo segundo.Entre estas nuevas funciones están la de establecer planes de investigación en materia de seguridad e investigación radiológica y recoger información de las afecciones originadas en las personas por el funcionamiento de las instalaciones nucleares.

En el artículo tercero se añadieron dos nuevos apartados, fruto de enmiendas transaccionales, que recogen competencias de las comunidades autónomas para la autorización de instalaciones y transporte de sustancias nucleares. Según estos nuevos apartados, la Administración deberá requerir, previamente a la autorización, el informe de las zonas afectadas.

También ha sido modificado el artículo quinto, reduciendo de seis a cuatro el número de consejeros del organismo, a propuesta de UCD.

Otro cambio importante fue el realizado en el artículo sexto, sobre la designación de los miembros del Consejo. Mediante una enmienda transaccional de UCD se determinó que los consejeros serán nombrados por el Gobierno a propuesta del ministro de Industria. La comisión competente del Congreso de los Diputados manifestará su aceptación o veto razonado, por acuerdo de las tres quintas partes de sus miembros, en el plazo de un mes.

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