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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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En torno a las autonomías

Ex diputado del PSOE por Cádiz

En EL PAIS del día 23 de noviembre de 1979, José Aumente, de la comisión permamente del PSA, ha publicado un artículo referente a las autonomías.

Difiero totalmente de la argumentación del artículo acerca de la cuestión autonómica. Intenta dar por probadas Varias afirmaciones que en ningún momento demuestra, pero que su autor lo estima apriorísticamente y que traduce el deseo de desprestigiar el proceso autonómico y su tratamiento constitucional. Una Constitución en la que no tuvo participación el PSA ha instrumentado jurídica y políticamente el proceso autonómico, y el hecho es irreversible, pese a quien. pese. El articulista afirma que «las fuerzas políticas que consensuaron la Constitución de 1978 llegaron a la determinación -con mayor o menor deseo, pero llegaron- de que habían de existir dos tipos de autonomías: una superior o verdadera, acogida a la disposición transitoria segunda, que permite la aplicación del artículo 149, y otra inferior, falsa, una seudoautonomía, que habría de regirse por el artículo 148 y que confiere a la misma muy escasas competencias». Continúa en su razonamiento que para «salvar la cara» o «cubrir las apariencias» si recurrió a una tercera vía, la del célebre artículo 151, que permitirá a las regiones acceder a la verdadera autonomía, pero «imponiéndoles tales dificultades y obstáculos que hicieron ésta prácticamente imposible».

Entrando en el fondo de su exposición, llama la atención el simplismo, las inexactitudes y la falta de rigor en el tratamiento, que hace de la cuestión autonómica, al definir la autonomía, regulada en el artículo 148 de la Constitución, de «inferior, falsa, una seudoautonomía», a la que reconoce muy escasas competencias. Intentando clarificar el lenguaje, como gusta decir a José Aumente, conviene recordar, en relación al artículo 148, que es necesario leer también el apartado segundo, en el que se dice que, transcurridos cinco años, las comunidades autónomas, mediante la reforma de sus estatutos, podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149. Efectivamente, el techo autonómico del 148 es inferior al del 149, pero en ningún sitio de la Constitución se dice que aceptar la vía del artículo 143 para alcanzar el 148 supone renunciar a las competencias del 149. Sólo se dice que cuando se alcanza el quórum necesario para las competencias del 148 hay que dejar transcurrir cinco años para acceder a las competencias del 149.

Con ello se ha tratado de marcar distintos ritmos en el proceso autonómico, cuestión que, al parecer, José Aumente intenta olvidar, presentando como falsa una autonomía que, siendo auténtica, sólo es más reducida, y negando lo que la Constitución le otorga: la posibilidad de acceder al 149. Esta vía autonómica, y de eso se trata, no obliga a todos y cada uno de los pueblos de España a un único modelo de autonomía, prescindiendo de la voluntad de sus gentes, sino que determina cómo el grado de autonomía de un pueblo ha de estar en función de lo que quiera libremente ese pueblo, atendiendo a su mayor o menor sensibilidad autonómica y sentimientos populares.

Asimismo, José Aumente afirma que se recurrió a una tercera vía, la del artículo 151, reservada para las regiones, pudiendo éstas acceder a la verdadera autonomía, aunque «imponiéndoles tales dificultades y obstáculos que hicieran ésta prácticamente imposible». Tales afirmaciones colman la ausencia de rigor en el tratamiento del problema, ya que en ningún lugar de la Constitución se dice que el artículo 151 esté reservado a las regiones. En la Constitución se indica, en su disposición transitoria segunda, que hay una vía específica para las llamadas nacionalidades históricas, pero no niega a ninguna otra comunidad de población la posibilidad de ser atendida como nacionalidad digamos «nueva». Es importante dejar bien sentado que la Constitución no prejuzga el techo autonómico por la condición de ser nacionalidad diferenciada e individualizada o nacionalidad compartida por y entre varias comunidades de población. A este respecto es impoztante señalar que Andalucía ha, iniciado el procedimiento del artículo 151 tras alcanzar el quórum de los tres cuartos de los municipios, e igualmente cabe decir del País Valenciano, sin que a ninguno de estos pueblos se les haya exigido certificación alguna de región. Los hechos prueban que los obstáculos no son tan insalvables como señala el miembro de la comisión permanente del PSA. A los restantes pueblos de España -a saber: asturianos, cántabros, aragoneses, castellanos, leoneses, extremeños, manchegos y murcianos- les cabe elegir libremente la vía y el contenido autonómico que ellos quieran.

Otra cuestión desarrollada en el artículo referido es la relativa al contraste que ofrece la etapa de las preautonomías, calificada por el autor como «carnaval» y «folklore», para permitir vender mejor las autonomías de Cataluña y el País Vasco, y la fase o etapa de reflujo y frenazo que se anuncia tras las manifestaciones de destacadas figuras de UCD en torno a la disfuncionalidad de la Administración pública. Sin entrar en la valoración política de tales circunstancias, por razones de espacio y tiempo, sí llama la atención el reparto de responsabilidades tan «curioso» que lleva a efecto el representante del PSA: «El propio Gobierno, que, como hemos dicho, maquiavélica mente lo ha propiciado; por otro, los partidos centralistas, que sólo han pretendido cargos y poderes exclusivamente burocráticos. » Aparece, ¡cómo no!, la cantilena y el tópico manido del PSA: «los partidos centralistas». Para José Aumente, todos los partidos políticos tienen la misma responsabilidad -¡curioso ejercicio verbal de demagogia e irresponsabilidad!- de quien no sabe o no quiere saber cuál es la diferencia del que tiene el poder gubernamental, la Administración, la mayoría parlamentaria y de las fuerzas políticas que están en la oposición. Pero aún va más allá al afirmar que: «Y en este reparto de responsabilidades es evidente que la mayor carga corresponde a los partidos tradicionales de la izquierda. » Esta frase, así, tal como suena, corresponde al pensamiento tradicional de la derecha más reaccionaria, a la que, al parecer, le han salido nuevos aliados. Resulta insólito que José Aumente intente hacer creer que la mayor responsabilidad es de socialistas y comunistas; por supuesto, los andalucistas ¡están exentos! Naturalmente se olvida de que quienes cerraban filas en sus acusaciones con la UCD contra el anterior presidente de la Junta de Andalucía eran los dirigentes del PSA; olvida que los ataques al actual presidente de la Junta de Andalucía, Rafael Escuredo, provienen de destacados miembros del PSA; olvida que la escasa presencia del PSA en la comisión mixta Estado-Junta lleva a que este partido apenas da la cara para negociar las transferencias de Andalucía.

Si José Aumente intenta corresponder generosamente a la actitud de celo de la banca por conceder sumisamente préstamos al PSA en vísperas de las elecciones generales de 1978, tras ser requeridos los banqueros por UCD para que a tal fin se considerase que dichos créditos tenían el respaldo gubernamental y de la misma UCD, creo debe elegir otro tema, pero no la cuestión autonómica, asunto muy delicado y querido por muchos.

Finalmente -y me resisto a no comentar una grave preocupación del articulista por «la racionalización del proceso autonómico», expresión formulada por Felipe González y Alfonso Guerra-, José Aumente se erige en miembro de la Real Academia de la Lengua y afirma que tal expresión es sinónimo de «recoger velas», «frenar» o «aparcar». Será oportuno recordar que el vocablo racionalizar significa valoración crítica de todas las circunstancias y factores que intervienen en el hecho analizado. Aplicada la expresión «racionalización» al tema autonómico, quiere decir que no se puede articular un proceso de transferencias de competencias creando duplicidad de órganos decisorios para idénticas funciones; racionalizar quiere decir también que las transferencias no se llevan a efecto por el sólo hecho de que sea publicado un real decreto en el BOE, si no se cumple el principio básico de que toda función o competencia transferida debe llevar simultáneamente la dotación humana, presupuestaria y material, sin cuyo apoyo las competencias transferidas no tienen eficacia alguna; racionalizar es impedir que, una vez efectuadas las transferencias formalmente, la Administración central se reserve subrepticiamente competencias que oculta tras la fachada de nuevos órganos centrales, pretendiendo vaciar de contenido las funciones de los entes preautonómicos; racionalizar, finalmente, es la necesidad de una nueva mentalidad de la Administración central y la asunción por ésta de tareas de coordinación de las distintas funciones entre los distintos órganos de la Administración a los distintos niveles materiales.

Difícilmente puede conocer la complejidad del tema autonómico quien no vive la problemática autonómica desde los propios órganos de las actuales preautonomías o, al menos, dpsde posiciones políticas libres de dogmatismo.

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