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Se estima que la participación en los referendos catalán y vasco rebasa ampliamente el 50%

Vascos y catalanes refrendaron ayer sus respectivos estatutos de autonomía, en una jornada caracterizada por la más completa calma y las adversas condiciones climatológicas, sobre todo en Cataluña. Aunque al cierre de esta edición no se habían facilitado datos oficiales de relevancia, tanto en el País Vasco como en Cataluña se creía que el índice de participación rebasará con holgura el 50%, y que los votos emitidos son afirmativos entre el 80% y el 90%.

Escrutado en Gerona más de la mitad del censo, el porcentaje de votación era del 63%. En Barcelona ciudad, cuando iba escrutado el 29% del censo, el porcentaje de votación era del 57%.En el País Vasco, Herri Batasuna ha anunciado ya su intención de impugnar un centenar de mesas electorales de Guipúzcoa, por estimar defectos de forma en la constitución de las mismas. Una hora antes del cierre de los colegios electorales se estimaba que en Guipúzcoa podía haber votado cerca del 58% del censo, y en Vizcaya, el 53%.

A las once de la noche, en el centro informativo instalado en el Ministerio del Interior, existía una gran atonía, incrementada por la ausencia de representantes del departamento que facilitaran impresiones o comentarios sobre la jornada. Se espera que sobre las nueve de la mañana de hoy el ministro del Interior, Antonio Ibáñez Freire, celebre una conferencia de prensa.

Según el artículo 151 de la Constitución, aprobado el proyecto de Estatuto «en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley».

Como consecuencia de la promulgación de los estatutos vasco y catalán se pondrá en marcha el proceso electoral para los parlamentos del País Vasco y de Cataluña, que elegirán, respectivamente, los presidentes de uno y otro Gobierno. Según el Estatuto de Guernica, desde su aprobación definitiva hasta la fecha de las elecciones al Parlamento vasco transcurrirá un máximo de seis meses. El Consejo General Vasco contará con un plazo máximo de sesenta días para convocarlas, y deberán celebrarse dentro de los cuatro meses siguientes. En Cataluña, tras la promulgación del Estatuto, transcurrirá un plazo máximo de mes y medio hasta las elecciones. El Consejo Ejecutivo de la Generalitat provisional las convocará en el plazo máximo de quince días, y deberán celebrarse a los sesenta días, como máximo, desde su convocatoria.

Las transferencias a las comunidades autónomas vasca y catalana de las competencias y servicios que les corresponden se iniciarán un mes después de la constitución del Gobierno vasco y del Consejo Ejecutivo o Gobierno de la Generalitat. En ambos casos, los trámites previos los realizará una comisión mixta del Gobierno del Estado y del Gobierno de la comunidad autónoma de que se trate.

La impugnación de los resultados de los referendos celebrados ayer se efectuará, mediante recurso contencioso electoral, ante la Junta Electoral provincial, cuya decisión será recurrible ante la Central. No procederá la nulidad cuando el vicio de procedimiento electoral no sea determinante del resultado de la elección. Asimismo, la invalidez de la votación en una o varias secciones no comportará la nulidad de la elección cuando no alterase el resultado final. La Junta Electoral Central publicará los resultados finales, generales y por provincias, en el Boletín Oficial del Estado el próximo 10 de noviembre.

Páginas 13, 14 y 15

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