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Tribuna
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La reducción del tiempo de trabajo no reabsorberá el paro

Secretario general de la Unión de Industrias de la CEEEn todos los Estados miembros de la CEE, el tiempo de trabajo global ha disminuido de manera continua. En 1977, el 50% de los 77 millones de asalariados de la Comunidad trabajaban a la semana entre cuarenta y 41 horas frente al 35%en 1973. La cifras relativas a la duración anual serían todavía más significativas si pudiéramos disponer de estadísticas comparables. Esta evolución, que constituye un progreso social indiscutible, es uno de los frutos del crecimiento económico. Este ha permitido a la vez una progresión de los ingresos en términos reales, una mejora de las condiciones de trabajo y mayor tiempo libre. La tendencia debe continuar en la medida de lo posible, y la forma dependerá de los convenios colectivos, es decir, de las preferencias expresadas por los propios interesados. La aspiración de gran número de trabajadores para una duración más corta del tiempo de trabajo es un hecho legítimo que debe tenerse en cuenta, pero su realizacióndependerá del progreso de la productividad y de un arbitraje que será necesario entre la progresión de los salarios, los costos sociales. la mejora de las condiciones de trabajo y el aumento del tiempo libre.

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La realización de tal objetivo de progreso está ligado a la productividad y no puede anticiparse a tal mejora. La productividad de las empresas es la condición principal de su competitividad y de su capacidad de adaptación.

Hay que tener en cuenta también las ineptitudes que existen en el mercado del trabajo, manifestadas por el hecho de que muchas empresas no encuentran la mano de obra que necesitan a pesar de la situación de subempleo.

La reducción del tiempo de trabajo adquiere formas muy variadas y debe apreciarse en un marco de una duración de referencia más largo que la semana. El año parce un marco de refencia más adaptado, aunque es necesario un esfuerzo de elaboración conceptual con vistas a una mejor comparabilidad de los datos en el plano europeo.

Si los patronos consideran la reducción del tiempo de trabajo como un progreso social deseable, considerado en un período suficientemente largo, deben, no obstante, advertir contra el razonamiento demasiado simplista en que se base hoy el concepto avanzado de reparto del tiempo de trabajo.En principio, es muy dudoso que la reducción del tiempo de trabajo logre realmente la creación de empleos suplementarios, por las siguientes razones en particular:

- La reducción del tiempo de trabajo con frecuencia es compensada en gran parte (la mitad, según ciertos estudios) por un aumento de la productividad

- Incita a las inversiones de productividad y a una sustitución del factor capital al factor trabajo.

- No tiene en cuenta el hecho de que muchas empresas disponen de una mano de obra excedentaria a sus necesidades.

-El tiempo libre creado peligra de ser utilizado para el trabajo «negro», que alcanza ya un límite preocupante.

Una reducción del tiempo de trabjao, sobre todo si tuviese al amplitud que reclaman los sindicatos, llevaría a una sobrecarga de los costos de producción, sobre todo si se realizara con una compensación salarial integral. La competitividad de las empresas quedaría comprometida, al igual que su propensión a invertir, cuando el estímulo de las inversiones es reconocido como una de las condiciones del crecimiento. Se pretende que una acción común a escala europea evitaría distorsiones de competencia entre los países miembros de la Comunidad; tal argumento ignora la importancia de la competencia del conjunto de las economías europeas en relación con el resto del mundo.

La aplicación a todos los países de un índice uniforme de reducción del tiempo de trabajo no reduciría, por otra parte, las diferencias entre ellos. El argumento tampoco tiene en cuenta las consecuencias económicas de una sobrecarga del coste del trabajo en relación a los otros factores de la producción.

Además, es esencial que las medidas en perspectiva sean reversibles.

En fin, la argumentación contraria se funda en una concepción falsa del mercado del trabajo, que ni es única, ni homogénea. No hay sustitución fácil de una categoría a otra. Al contrario, se comprueba en varios países penuria de mano de obra para ciertas industrias y ciertas cualificaciones, que podrían agravarse con reducciones autoritarias de la duración del trabajo y entorpecer así la reactivación de la actividad económica en general.

Para resumir, nosotros deseamos expresar claramente que no vemos en la reducción del tiempo de trabajo un instrumento apto para absorber el paro. Ciertos condicionamientos del tiempo de trabajo pueden a la vez satisfacer las aspiraciones sociales legítimas y reducir la rigidez entorpecedora. Como declaró el propio Consejo de Ministros de Trabajo de la CEE, tales medidas deben tener en cuenta las condiciones de competencia interna y externa de la Comunidad.

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