El paro y el seguro de desemplo
SI BIEN el único remedio contra el paro es el aumento de los puestos de trabajo, lo que presupone un incremento de las inversiones, una adecuada cobertura del seguro de desempleo y una mejor administración de sus fondos pueden aliviar los dolorosos efectos de la crisis económica sobre el millón y pico de desocupados que se contabilizan ya en nuestro país. En un comentario anterior indicamos la conveniencia de encomendar a los nuevos ayuntamientos la gestión de unos fondos ampliados para empleo comunitario y la posibilidad de asociar a las centrales sindicales, cuando la solución del conflicto sobre el patrimonio sindical lo permita, a las tareas de control del seguro de desempleo, a fin de evitar los fraudes. Los porcentajes de las prestaciones de nuestro subsidio figuran entre los más elevados de Europa, y su plazo de duración -dieciocho meses, ampliables en contados casos a otros seis más- supera a las 65 semanas de Estados Unidos, los 312 días del Reino Unido y los doce meses de la República Federal de Alemania. Los síntomas de que está surgiendo una picaresca casi institucional en torno al seguro de desempleo son lo suficientemente alarmantes como para que los propios sindicatos tomen cartas en el asunto, entre otras cosas, para evitar que esos abusos se conviertan en elementos disuasorios de una actitud positiva hacia el trabajo.Los pactos de la Moncloa se propusieron extender la cobertura del seguro de desempleo y compensar, al tiempo, los mayores gastos de la Seguridad Social mediante transferencias presupuestarias. La idea era impedir el aumento continuo de las cotizaciones de la Seguridad Social a cargo de las empresas, que encarecen el empleo de trabajadores y desaniman a la hora de ampliar las plantillas. Pero nada ha funcionado de acuerdo con las previsiones. Los ingresos procedentes de las cotizaciones han aumentado más de lo esperado y los gastos por prestaciones diversas se han disparado con tal violencia, que el déficit de 1978 de la Seguridad Social se aproximó a los 100.000 millones de pesetas, prácticamente el doble que las pérdidas de todas las empresas del INI.
La Administración ha intentado también favorecer la creación de nuevos puestos de trabajo mediante una serie de incentivos a la contratación temporal, tanto de jóvenes mayores de dieciséis años y menores de veinticuatro, como de beneficiarios del seguro de desempleo. Pero las normas legales siguen rindiendo su tradicional homenaje al más ineficaz y trasnochado de los intervencionismos. Hubiera sido demasiado sencillo y económico limitarse a bonificar con un porcentaje de la cuota de Seguridad Social a las empresas que realizasen esas contrataciones temporales y establecer que la relación laboral se diera por extinguida cuando la empresa dejara de precisar los servicios del trabajador. Pero la burocracia estatal se alimenta de papeleo, goza con la complejidad y disfruta con las colas ante las ventanillas.
Así, los incentivos se conciben más como un favor o una dádiva que como un procedimiento para aumentar el empleo. Para «obtener las bonificaciones» se exige un período mínimo de contratación de sesenta días para los parados y de seis meses para los jóvenes, los cuales, por otra parte, deberán estar inscritos en las oficinas de empleo al menos quince días antes de la firma del contrato. Las empresas « solicitarán »..., el contrato de trabajo se hará por escrito en impreso normalizado.... el documento se extenderá por triplicado.... la oficina de empleo se tomará diez días de plazo para oponer reparos a la solicitud: cualquier persona familiarizada con los vericuetos de la burocracia administrativa y los lectores de Forges reconocerán sin dificultad la genealogía teratológica de esa siniestra y abrumadora prosa.
La respuesta de los empresarios ha sido poco entusiasta, entre otras cosas, porque la mecánica administrativa parece orientada a crear un nuevo puesto de trabajo exclusivamente dedicado a tramitar los expedientes de las contrataciones temporales. Los condicionamientos burocráticos y los plazos mínimos privan a los incentivos de todo atractivo. De esta forma, sólo se ha dado empleo en lo que va de año a unos 50.000 trabajadores, cuando en realidad muchas empresas estarían dispuestas a ampliar sus plantillas si dejaran de gravitar sobre sus costos los continuos aumentos de las cuotas de Seguridad Social y si ese matrimonio canónico sin divorcio que es ahora la relación laboral admitiera fórmulas más flexibles de resolución o de plazo temporal. Porque la rigidez de las relaciones laborales favorece, a la corta, a la población empleada, pero es uno de los factores más poderosos para mantener los actuales niveles de desempleo y, a la larga, un arma de dos filos para con los propios trabajadores ocupados. Sólo cuando las centrales sindicales reconozcan la normativa anterior como indisociable, en su concepción y en su práctica, del verticalismo y del corporativismo de signo fascista podrán negociar un marco de relaciones laborales congruente con nuestras instituciones democráticas y los principios de la libertad de empresa, aceptable para los intereses de la clase trabajadora y adecuado a las necesidades de nuestra desalentada actividad productiva.
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