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Regulada la medicina familiar y comunitaria

El médico de familia constituye la figura fundamental del sistema sanitario y tiene como misión realizar una atención médica, integrada y completa, a los miembros de la comunidad. Esta es la definición del médico de familia que establece un real decreto, publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado, por el que se regula la medicina de familia y comunitaria como especialidad de la profesión médica.Es misión de este médico, según la nueva regulación, promocionar la salud, prevenir la enfermedad y desarrollar la educación sanitaria a nivel individual, familiar y comunitario.

El título lo podrán obtener los médicos que acrediten cinco años de ejercicio, en propiedad o interinos, en puestos de asistencia primaria, dependientes de cualquier Administración pública o de entidades gestoras de la Seguridad Social, previo cursillo de perfeccionamiento en la forma que la Comisión Nacional de la Especialidad y el Ministerio de Educación y Ciencia lo determinen.

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