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El Gobierno se decide por la liberalización de precios, importaciones y aranceles

Las tres medidas aprobadas en Consejo de Ministros -liberalización de precios, importaciones y rebaja arancelaria- forman parte de un programa a corto y largo plazo motivado por la marcha seguida por la economía española en los últimos meses y que se refleja en un fuerte aumento de las reservas exteriores, la reducción drástica de nuestro déficit exterior y una evolución del índice de precios al consumo de casi cuatro puntos por debajo del límite máximo considerado en el programa económico del Gobierno y seis puntos por debajo de la tasa registrada en el primer semestre de 1977.

Desde el punto de vista coyuntural -acorto plazo-, la Administraición justifica la oportunidad y conveniencia de estas medidas, máxime teniendo en cuenta las altas cotas que están alcanzando nuestras reservas de divisas y la continua apreciación de nuestra mojaeda con respecto al dólar en las últimas semanas, lo que motivé, una reacción fuerte a favor a una. revaluación de la peseta o en su defecto una coherente política araricelaria.En opinión del Ministerio de Comercio, la evolución favorable de nuestra balanza de pagos -y más concretamente de la balanza comercial- aconseja reducir suaverriente los obstáculos administrativos y arancelarios a la importación, lo que contribuirá en alguna medida a una mayor estabilidad de precios. La reducción de las tensiones inflacionistas apreciada en los últimos meses permite, en opinión del Gobierno, iniciar una disminución gradual del sistema de control de precios, cuya permanencia no puede prolongarse indefinidamente sin provocar graves distorsiones y desajustes en todo el sistema productivo. Por otra parte, opinan los técnicos de Comercio, es indudable que estas medidas tenderán a mejorar también la posición relativa del sector exportador, que se enfrenta a un seg,ando semestre del año en condiciones menos favorables que las existentes durante el pri primer semestre transcurrido.

Según el Ministerio de Comercio, parece claro que en el plano estructural no será posible garantizar un crecimiento estable y sostenido de la economía española sin una mejor asignación de los recursos, y esto no será víable sin adaptarse lo más rápidamente posible a las exigencias de un sistema de economía de mercado, elevando el grado de competencia en muchos de los sectores de la economía española.

Liberalización de precios

La normativa aprobada por el Consejo de Ministros en este sentido incluye en el régimen de libertad de precios una serie de bienes y servicios que se encontraban sometidos al régimen de previa autorización o al de precios comunicados. Entre los grupos que se liberalizan se encuentran la confección y el calzado, una serie de productos alimenticios (bacalao, patatas, mermeladas y otros) y varias semimanufacturas industriales.Por otra parte, esta misma disposición coloca bajo control de las comisiones provinciales una serie de servicios y productos que se mantienen en el régimen de autorización o de comunicación previa.

La liberalización de precios se centra bien en sectores donde existe ya una fuerte competencia interna y externa, bien en aquellos otros en los que por la variedad de productos que los integran no era posible realizar un control efectivo, por lo que esta medida no tendrá efectos aleistas sobre el nivel de precios.

Liberalización de importaciones

La segunda medida incluye en el régimen de comercio libre una serie de mercancías sometidas anteriormente al régimen de globalización, comercio de Estado o comercio no liberado o globalizado. En total, la nueva lista de liberalización abarca mercancías cuya importación en 1977 se elevó a 45.000 millones de pesetas. Entre las importaciones que se liberalizan pueden destacarse las de hulla coquizable, motores, algunos productos químicos y ciertos tipos de tractores.

Rebaja arancelaria

El decreto por el que se suspende parcialmente y por tres meses -posiblemente se prorrogará indefinidamente- la aplicación de los derechos arancelarios correspondientes a los capítulos 25 a 29 del Arancel de Aduanas, es decir, productos no agrarios, significa una reducción del 20% de los derechos de normal aplicacíón, que se aplica exclusivamente al exceso sobre el 10%. Esta rebaja arancelaria es completamente independiente de nuestra actual negociación con la CEE y con su adopción se ha perseguldo también un efecto sobre las expectativas en el tipo de cambio de la peseta.

Reforma de las estructuras comerciales

El Consejo aprobó, igualmente, un programa para la reforma y modernización de las estructuras comerciales. Como acción específica se instrumentarí cuatro planes trienales, con objeto de:Promover el establecimiento de circuitos alternativos en la comercialización de productos alimenticios perecederos rnediante la actuación de las empresas públicas Mercasa y Mercorsa. Facilitar recursos financieros tanto por las instituciones oficiales de crédito como las privadas para la modernización de las empresas comerciales que actúen bien sea en origen o en destino. En este sentido, el plan prevé en los próximos tres años la movilización hacia el sector de una masa financiera adicional de 32.000 millones de pesetas, aparte de otras fuentes de financiación que las medidas contenidas en este programa pueden generar de forma indirecta. Impulsar la capacitación técnica mediante la formación profesional tanto de empresarios como de trabajadores. Y por último, llevar a cabo equipamientos comerciales de carácter social con la construcción de mercados detallistas y centros comerciales de barrio.

En el orden normativo, el programa define las bases para la elaboración de una ley general sobre el Comercio, e incorpora cinco reales decretos.

El primero de ellos, sobre canales de comercialización de productos alimenticios perecederos, a propuesta de los Ministerios del Interior, de Agricultura y de Comercio y Turismo, da un paso más en la liberalización del comercio en este campo eliminando en gran medida la obligatoriedad de paso por los, mercados centrales, y adaptando éstos a las exigencias de un comercio más libre y competitivo.

El segundo real decreto actualiza las disposiciones en materia de economatos laborales, respetando los derechos de los trabajadores, pero reduciendo su utilización por otros estratos de la población con perjuicio para el sector comercial.

Por otro real decreto se establece la normativa sobre apertura de establecimientos comerciales por personas físicas de nacionalidad extranjera.

En cuarto lugar, un real decreto de los Ministerios de Justicia, Hacienda, Industria y Energía, Agricultura, Comercio y Turismo y Economía establece el régimen jurídico, fiscal y financiero de las sociedades de garantía recíproca.

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