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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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Impuesto sobre el patrimonio: rebaja para los ricos

El Gobierno -o UCD que es prácticamente lo mismo- no deja de aguar el vino de - sus reformas y de descafeinar sus promesas. No se le puede negar, en principio, al gran partido de centro -es un decir- su buen deseo inicial en cuantos temas toca, pero al parecer quedan aún demasiados Pedros Recio de Titeafuera -altas lumbreras del régimen y doctores en prohibiciones y recetas- que siguen dictaminando sobre lo que puede resultar demasiado fuerte para nuestras clases poderosas. De aquí los titubeos, vacilaciones e incoherencias en la política que se forja en el seno del partido mayoritario. Tanto da referirse a una amnistía convertida en balbuceante y fraccionado indulto, a las reticencias sobre la pena de muerte, las retroactividades en los pactos, el poco respeto a las subidas de precios -transportes urbanos, 33%; algunos tabacos, 40%- y así « ad infinitum ».Alto precio

Decía el señor Fraga recientemente, recogiendo una frase de Kissinger, que «la tarea del conservador no es derrotar, sino prevenir las revoluciones». Pues bien, para esta prevención no basta con reforzar las armas represivas, hay que saber sacrificar una parte de lo que se querría conservar. Es, poco más o menos, la táctica del buen pescador. Y para los fines liberalizadores del Gobierno, el freno impuesto por la parte más conservadora de la derecha, puede costarle a UCD un alto precio en el futuro.

No obstante todo lo dicho, parecía que un sector de las reformas -el fiscal- seguía adelante a pesar de las campañas orquestadas sobre el levantamiento del secreto bancario o el impuesto sobre el patrimonio. La dimisión de Fuentes Quintana era un negro augurio. La reforma fiscal tropezaba, al parecer, con ese «mur de l'argent», con el que los franceses definen a las oligarquías de su país. Hace unos días, una inesperada enmienda ganada por UCD y AP, codo a codo, ha introducido en los proyectos de impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, una limitación que tiende directa y claramente a aliviar la carga tributaria de las clases más poderosas. En dicho proyecto se prevenía también una disminución en los tipos de la escala de renta, medida que aunque discutible, puede justificarse por la inflación y la posibilidad -aún por demostrar en la práctica- de que de ahora en adelante las bases declaradas por los contribuyentes se ajusten más a la realidad. En esta escala, como ha sido siempre tradicional, se limitaba la tributación de las rentas más altas de la misma a un 40% de las bases. Es decir, cuando se obtienen rentas que exceden de los diez millones, la tributación no puede pasar de cuatro, o sea del 40%. Pero ahora, la enmienda citada, limita el importe a pagar por las cuotas de renta y patrimonio, ambas sumadas, al 50% de la base de renta, o lo que es lo mismo, a partir de unos altos niveles de rentas y de capital, como se verá en la explicación del Estado II, el impuesto sobre el Patrimonio, no puede pasar del 10% de los ingresos. Comentando esta decisión, el diario Informaciones del 21 de marzo decía que, a juicio del PSOE, «ello suponía la eliminación del impuesto sobre el patrimonio en el caso de personas con altos ingresos y patrimonio». La verdad no es exactamente ésta. El impuesto sigue incidiendo sobre el patrimonio por alta que sea su cuantía, pero quedándose congelado-o perdiendo su progresividad, como mejor se quiera- a partir de unos 250.000.000 de capital.

Esto requiere la presentación de unos cuadros numéricos, siempre enojosos, pero que no hay más remedio que detallar si se quiere captar la realidad de esta situación.

En el cuadro siguiente, se comprenden nueve escalones o tramos del impuesto sobre el Patrimonio, con la tributación para cada uno de ellos y el tipo medio de gravamen resultante. (Si por 100.000.000 de patrimonio -tramo 3- se pagan 350.000 pesetas, el tipo medio real es el 0,35 %.)

En el que sigue, de impuesto sobre la Renta, se han computado unos ingresos teóricos producidos por los patrimonios de los ocho tramos primeros del anterior estado, calculándose éstos en un 4%, porcentaje que parece razonable. El estado tiene dos sectores. A la izquierda, la suma de los impuestos de Renta y Patrimonio tal como se hubieran satisfecho de no mediar la enmienda que comentamos, y a la derecha, tal como quedan después de la limitación del 50% de la base de renta.

Para ayudar a la comprensión de estas cifras, veamos un ejemplo. El tramo 5 del primer estado nos dice que para un patrimonio de 500.000.000 la tributación tenía que ser de 3.450.000, y el tipo medio del 0,69%. Si vamos al segundo estado, tramo 5, vemos que la renta teórica es de 20.000.000 pesetas -o sea, el 4%-. Antes de la enmienda -parte de la izquierda- la tributación por renta era de 8.000.000 (40%), y sumada la de IP, 3.450.000, resultaba una cifra total a pagar de 11.450.000. Con la modificación introducida por la tan repetida limitación -parte de la derecha- las cuotas de renta y patrimonio, sumadas, sólo pueden llegara 10.000.000 (50 %),con lo que la tributación por impuesto patrimonial se reduce a 2.000.000. Esto hace que los tipos medios efectivos de tribulación por éste queden congelados, como puede verse en la última columna, en un 0,40% resultado de hacer la proporción -tomando el mismo ejemplo del tramo 5- entre 2.000.000, tributación por el patrimonio, y 500.000.000, cifra patrimonial tal como puede observarse en el primer estado.

Peligra la fiabilidad de la reforma

Estos resultados se deducen, como es natural, de liquidaciones esquemáticas, y pueden variar en más o en menos según los rendimientos calculados a los patrimonios se sitúen por encima o por debajo del 4%, pero la conclusión es clara. Si la enmienda favorece a los que poseen capitales superiores a 250.000.000, no es difícil deducir de dónde han surgido las presiones para tal reforma. Que los que tienen mucho dinero traten de aliviar las propias cargas fiscales no es de extrañar; lo que sí sorprende es que se ponga en peligro la fiabilidad de una reforma fiscal que pretende terminar con la injusticia social de nuestro sistema impositivo, destruyendo la progresividad que todo gravamen personal debe poseer. Sobre ello, el Congreso y el Senado deberían reflexionar.

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