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Rechazado el "código de los derechos de los trabajadores"

Por 155 votos en contra, 131 a favor y tres abstenciones, el Pleno del Congreso de Diputados rechazó ayer la toma en consideración de una proposición de ley del grupo comunista de «código de los derechos y obligaciones de los trabajadores».Marcelino Camacho defendió en solitario este texto, argumentando que «en lo político se avanza con más o menos dificultades, pero en lo sindical se patina». Dijo que no era admisible rechazar el proyecto basándose exclusivamente en defectos de forma. Propuso que se negociara todo lo necesario, pero que el proyecto debía ser admitido, discutido y aprobado, para que los trabajadores pudieran tener una auténtica normativa democrática. Incluso la amenaza formulada en la Comisión de Trabajo del Congreso por parte de Comisiones Obreras contra los acuerdos de la Moncloa fue suavizada ayer por Marcelino Camacho en el Pleno de la Cámara; advirtió que su proposición de ley se basaba en aquellos acuerdos y que los trabajadores tendrán que estudiar si reconsideran su actitud de aceptación de los pactos.

Se opuso a la propuesta el ministro de Trabajo, Manuel Jiménez de Parga, argumentando fundamentalmente que el Código propuesto contemplaba los derechos, olvidándose de las obligaciones de los trabajadores; y que la proximidad de la Constitución desaconsejaba iniciar ahora el estudio de un proyecto de ley que habría de ser inmediatamente reformado.

Puesta a votación la propuesta, la izquierda votó unida en favor de la misma, pero sus votos no bastaron para lograr la aprobación.

Anteriormente a esta votación, la izquierda también votó unida -sin éxito- a favor de una propuesta del PSOE en el sentido de que el adulterio no debe ser motivo de indignidad para heredar. La médula del principal debate de ayer consistía en una cuestión técnico-jurídica: una vez despenalizado el adulterio y el amancebamiento, por entender el Congreso de Diputados que la sociedad no se siente atacada por estos antiguos -y todavía vigentes- delitos, las consecuencias civiles de las conductas adúlteras deben reducirse a aquellos casos en que la parte ofendida desee expresamente que se tengan en cuenta tales efectos. Esta fue la posición socialista.

En cambio, UCD, aun aceptando la necesidad de despenalizar aquellas conductas, defendió la conveniencia de atribuirles la calificación de causa de indignidad para suceder. El adúltero no irá a la cárcel, pero es jurídicamente indigno para suceder patrimonialmente al cónyuge ofendido.

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También fueron aprobados ayer, sin debate y sin apenas votos en contra, la derogación de la ley de Bases Orgánica de la Justicia, de 1974, y derogación de la circunstancia cuarta del artículo 503 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, relativa a la libertad provisional, así como regularización de la situación administrativa de los magistrados, jueces y fiscales que desempeñan cargos en la Administración civil del Estado.

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