Régimen general de ayudas al estudio para 1978-1979
Con innovaciones importantes publicó ayer el Boletín Oficial del Estado la orden del Ministerio de Educación y Ciencia que regula el régimen de becas al estudio para el próximo curso 1978-79. Entre estas innovaciones destacan la anticipación en tres meses a su publicación a lo habitual en pasados años, el aumento en el presupuesto disponible para becas, la disminución en la puntuación exigida para determinados centros -por la exigencia mucho más alta que se da en ellos a nivel académico- y las condiciones de control nuevas para una mayor transparencia y justicia en las concesiones, en función de la igualdad de oportunidades.Se ha suavizado la exigencia de puntuaciones para los alumnos de las escuelas técnicas superiores, que deberán presentar una media de 3,5 puntos del curso anterior, basadas en la mayor dificultad de estos estudios, cuya dureza venía perjudicando a buena parte de los posibles becarios, que, de seguir los viejos baremos, no percibirían ninguna ayuda económica, además de afrontar estudios más fuertes. Para el resto de los estudios también ha sido rebajada la media exigida, que oscila entre los 5,75 y seis puntos de nota media.
En cuanto a la anticipación de tres meses en la publicación de la orden, permitirá que las listas de becarios sean publicadas antes de que comience el próximo curso. Las solicitudes deberán ser presentadas en el plazo de treinta días hábiles desde su publicación.
También ha sido cambiado el módulo económico personal, elevándose la renta protegible hasta 80.000 pesetas por persona y año; en cambio, se establece la obligatoriedad por parte de los alumnos de presentar ante el Ayuntamiento la solicitud del domicilio del alumno, para que consten en el mismo los ingresos familiares. Con esta medida se intenta conseguir una mayor transparencia en la información. Por su parte, se ha elevado la reserva de créditos a un 50% para los mejores expedientes universitarios, y se ha extendido la posibilidad de protección al segundo curso de educación preescolar.
En cuanto a los requisitos para la solicitud de becas ordinarias, consisten en ser españoles, cumplir los requisitos académicos y económicos mencionados en la orden, haber observado una conducta correcta académicamente y no poseer título académico que habilite para el ejercicio profesional, salvo el de Formación Profesional de primer grado. En esta orden no se regulan las convocatorias extraordinarias y especiales, para que su convocatoria sea más flexible. El Ministerio piensa -y así se dice en la orden ministerial publicada ayer- ampliar el abanico de modalidades de protección al estudio. En todos los casos se agilizará el proceso de tramitación.
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