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Malestar en los profesionales de radio y televisión

Una sentencia de la Sala Tercera del Supremo, anulando una disposición transitoria que asimilaba a los profesionales de radio y televisión con tres meses de servicio en tareas informativás a los periodistas titulados, ha provocado el malestar y la confusión de más de 2.000 profesionales afectados.La sentencia, promovida por un recurso de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa, añade en su texto que «es absurdo el abuso que hace la citada disposicion impugnada, modificando el estatuto jurídico de los periodistas, y así favoreciendo a quienes no lo son ni reúnen los requisitos para serlo».

Asimismo, el Tribunal Supremo dice que no puede prescindirse de que la profesión periodística ha sido regulada por la ley, según la cual es periodista quien, ejerciendo tal función, esté inscrito en el Registro de Periodistas, requisito que no cumplen dichos profesionales, que solamente están inscritos en el Registro de Radio y Televisión.

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