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Crítica:
Crítica
Género de opinión que describe, elogia o censura, en todo o en parte, una obra cultural o de entretenimiento. Siempre debe escribirla un experto en la materia

Actualidad de conceptos: amnistía e indulto

El tema de la clemencia (instituto que comprende la amnistía, el indulto general y el indulto particular) es una de las cuestiones que más ha polarizado la atención del país. desde el fallecimiento del general Franco. Y esta atención, no ha descendido. La amnistía, con ser el tema del año continúa siendo un tema polémico y conceptualmente oscuro.No deja deresultar revelador que una de las instituciones más significativas para explicar y comprender el específico equilibrio de poderes en la formulación del Estado de Derecho, cuales el instituto de la clemencia, haya recibido tan escasa, atención a nivel doctrinal, y que la desorientúión en torno al mismo sea tan amplia a nivel ciudadano. Algunas de las claves para la comprensión de este hecho. podríanios encontrarlas, muy posiblemente, en los últimos decehios de nuestra Historia Contemporánea y en ése carácter básico que siempre ha presidido la institución que comentamos: su arbitrariedad.

Amnistía e indulto en España, de

Enrique Linde Paniagua. Madrid.Tucar Ediciones 1976. 208 páginas (220 pesetas).

Enrique Linde trata de colmar la laguna existente en torno al tema de la clemencia, combinando el análisis científico de la problemática con la claridad en su descripción, lo que hace de su estudio una obra útil, tanto para los expertos, como para los no iniciados. Ya desde el primer momento, se nos dice cuál va a ser la perspectiva en que el estudio trata de instalarse: el análisis macrojurídico del tema, en contraposición al planteamiento tradicional, que circunseribía la cuestión al ámbito del Derecho Penal. En función de ello en ese largo capítulo introductorio se pasa revista al pensamiento español sobre la clemencia y se hace un denso y completo recorrido histórico del instituto: todo ello tiene una finalidad muy clara: mentalizar al lector sobre las fluctuaciones de la clemencia en el pasado para poder adentrarle de lleno en el significado y funcionahdad de aquélla en la actualidad. Se descubre así, cómo la historia y fundamento de la clemencia, es la misma historia y fundamentodel poder de ahí la inadmisibilidad de su utilización en interés exclusivo del poder político por la arbitrariedad que ello supone, y su admisibilidad. para Linde, «en cuanto instrumento político cuando no existiendo motivos suficientes para modificar el ordenamiento conviene atemperarlo a las nuevas circunstancias». Podía surgir así una nueva utilización de la clemencia: como instrumento de justicia. Pero tal y como se demuestra sobradamente a lo largo del libro, éstas no son más que virtualidades de la clemencia impracticada.

El hecho que la amnistía extinga la responsabilidad penal, mientras que el indulto y la derogación del tipo penal sólo extingan la pena, con los importantes efectos que su ponen, es la distinción más importante de estas técnicas, y explica la reacción de los sectores democráticos ante la concesión del último indulto general por el Rey. Preocupa a aquéllos, y preocupa a nuestro autor, que situaciones objetivamente iguales puedan ser tratadas con módulos distintos por razones extrajurídicas, lo que, aplicado a actos de clemencia, puede llevar consigo la ilegitimi dad de la misma. Por ello, en un significativo pasaje del libro, se aboga por la juridificación del instituto -hasta ahora inexistente- que garantice en su utilización uno de los principios básicos del Derecho Universal: el de igualdad.

De las tres técnicas en que hoy se concreta el instituto (amnistía, indulto general, e indulto particular) Linde plantea la supresión de la segunda, el indulto general, al poderse producir sus efectos por medio de la amnistía entendida como técnica gradual, eliminándose así la indiscri mi nación que el indulto general supone. La amnistía, como manifestación general de la clemencia, debe entonces servir para reajustara la realidad la aplicación del ordenamiento sancionador y penitenciario, mientras que indulto particular puede ser técnica suficiente para volver a juzgar a cada delincuente en un marco jurídico más amplio.

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