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La amnistía que nadie ha pedido

Si hay una amnistía que nadie pide a estas alturas de 1976 es sin duda la amnistía sindical que acaba de decretar el, Comité Ejecutivo de la Organización Sindical (OSE). Eso no significa, sin embargo, que no exista otra posible amnistía sindical, la auténtica, que hoy por hoy exige sin más el pleno reconocimiento de las libertades sindicales. Pero no es esta la amnistía que acaba de conceder la OSE, aunque sí la que los trabajadores reclaman, la que los sindicatos ilegales exigen, y la que el Gobierno Suárez ha prometido.Creo que la OSE ha cometido varios errores políticos al adoptar la medida que comento. El primero ha sido llamarla amnistía, cuando no lo es porque permanece vigente la frondosa legislación sindical en virtud de la cual se ha desposeído a los trabajadores de sus cargos sindicales electivos y porque no supone ni la desaparición de todos los efectos de la incapacitación legal sindical, ni la total superación de la privación o restricción padecidos por los trabajadores obligatoriamente incluidos en la OSE. Tal es así porque el acuerdo del Comité Ejecutivo Sindical no supone la reposición de los trabajadores a la función sindical de la que fueron privados, salvo que los cargos no hubieran sido cubiertos aún por otros trabajadores, supuesto extremadamente excepcional si tenemos en cuenta de una parte que la gran masa de desposeídos de su cargo sindical lo fueron antes de las últimas elecciones sindicales celebradas en el verano de 1975, y de otra que la abrumadora mayoría de cargos sindicales electivos fueron perdidos por sus titulares como consecuencia de despidos.

La OSE señala en su acuerdo que los efectos de su amnistía «no podrán perjudicar a los derechos adquiridos por terceros». Con estas palabras el sindicalismo oficial justifica la no reposición de los desposeídos de su cargo sindical.

Es cierto que ninguna amnistía debe perjudicar los derechos de terceras personas. Tan lo es, que el Ministerio de Educación y Ciencia, al anular (no amnistiar) las órdenes ministeriales de separación de sus cátedras de los profesores García Calvo, Tierno y Aranguren, ha creado una segunda cátedra de cada una de las disciplinas para que las ocupen dichos profesores, sin por ello perjudicar a quienes actualmente ocupan las cátedras de que aquellos fueron desposeídos.

La OSE, si le hubiera echado imaginación al tema de su amnistía, podía haberlo resuelto dignamente. Bastaba para ello que el Gobierno hubiera dictado un decreto disponiendo la reposición de los desposeídos, pero manteniendo a los titulares de los cargos que en su día ocuparon los trabajadores desposeídos. El contenido de] decreto que propugnó,es claro: excepcional y transitoriamente los desposeídos que fueran enlaces sindicales o vocales jurados recuperarían tal condición aunque ello supusiera un aumento transitorio del número de enlaces o de vocales en algunas empresas. En el plano de las Agrupaciones y UTT bastaría con haber repuesto a los desposeídos a la vocalía perdida en su día, o incluso a la presidencia o vicepresidencia correspondiente en el ámbito local, comarcal o nacional, como adjuntos a la presidencia, y por tanto, en uno y otro caso, con aumento transitorio del número de miembros obreros de las Agrupaciones y UTT.

Al no haberse hecho así la amnistía de la OSE,

se revela como una mera nota de cancelación de antecedentes, salvo en los escasos supuestos de trabajadores con expedientes de desposesión en tramitación que deben ser archivados sin más.

Por mucho que el Comité Ejecutivo Sindical diga que su acuerdo de amnistía se refiere asímismo al «reconocimiento pleno de los derechos del sindicado», no hay tal cosa, ya que subsisten, sin derogarse, normas negadoras de los derechos sindicales básicos como el decreto irónicamente llámado de «régimen jurídico de garantías de los cargos sindicales electivos en base al cual se ha desposeído de sus cargos a miles de trabajadores. He aquí el segundo de la OSE: no derogar el articulado del decreto de 23-7-1971, que tanto han padecido los trabajadores españoles.

El tercer error, aunque formalmente es de tipo técnico, se ha cometido con una clara intencionalidad política, que se ha vuelto contra la propia OSE. Se ha dado demasiada pubIicidad a la llamada amnistía sindical, se ha rebasado el límite permisible, se ha hecho sin discrección como requería la situación de quien como la OSE, está entre la suspensión de pagos quiebra, pero más cerca de ésta . En vez del acuerdo del Ejecutivo Sindical lo que sí merecía los honores del BOE al menos para quienes tengan Interés en estar en la OSE, es el decreto que me he referido para reintegrar a su función sindical a los desposeídos.

La OSE ha pretendido incorporarse a la línea, amnistiadora y se ha equivocado. Ahí están las respuestas de los sindicatos ílegales que califican a la amnistía como «oportunista» y demagógica». Pero, además el acuerdo de la OSE llega muy tarde, respecto de las pasadas elecciones de 1975, y muy pronto para las próximas -?- de 1979. ¿Quién apuesta hoy un duro a favor de la subsistencia de la OSE nada menos que en 1979? La amnistía sindical se revela así como una cortina de humo para ganar tiempo hasta que se aborde la reforma sindical. Semejante actitud, cuando menos me parece poco seria políticamente y nada respetuosa para con los trabajadores españoles.

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