Los consejeros nacionales desean que se hable de instauración en don Juan Carlos
La ley de Sucesión debe hacer mención a la instauración de la Corona en la persona de don Juan Carlos de Borbón; la edad mínima para reinar no debe ser la de 18 años, sino la mayoría de edad civil (fijada actualmente en 21 años), y ha de determinarse de qué modo y en qué momento se proclama nuevo Rey, una vez fallecido el Monarca reinante. Estos son los tres puntos más importantes aprobados ayer por la sección primera del Consejo Nacional, que debatió sobre el proyecto de ley de Sucesión sometido por el Gobierno a informe de la citada Cámara del Movimiento, antes de su remisión a las Cortes. Posteriormente, será sometida a referéndum de la nación, al igual que el proyecto de ley relativo al sistema bicameral, por reformar ambos proyectos varias Leyes Fundamentales.
Los ecos de las tensiones producidas durante los dos últimos días en las Cortes, con motivo del debate sobre la regulación de los partidos y la reforma del Código Penal, no anticipaban gran serenidad por parte de los señores consejeros. Antes de iniciarse la sesión, algunos de los asistentes llevaron la noticia de un fuerte roce dialéctico entre el señor Girón y, al parecer, el señor Iglesias Selgas -que votaron a la ley de partidos, respectivamente, no y sí-, así como de un duro enfrentamiento entre Aparicio Bernal y Emilio Romero.Al principio de la sesión se observó un minuto de silencio por el jefe local del Movimiento asesinado en Basauri.
Sin embargo, por lo que se refiere a la sesión propiamente dicha, la serenidad fue tal que un proyecto de ley que se preveía estudiar en una tarde -para continuar hoy con el informe sobre el proyecto de ley de reforma de las Cortes y Ley Orgánica del Estado-, sólo fue objeto de dos de sus artículos, por lo que parece difícil que antes del domingo puedan quedar totalmente informados ambos proyectos de ley. Este era el propósito de Jesús Fueyo, presidente de la Sección de Principios Fundamentales y desarrollo político, encargada de informarlos antes de que el próximo martes el Pleno del Consejo Nacional se pronuncie definitivamente sobre ellos y remita al Gobierno el informe solicitado, no vinculante.
La ponencia de consejeros nacionales, formada por Licinio de la Fuente, Baldomero Palomares, Eduardo Navarro, Melitino García Carrero, Miguel Benzo, José Miguel Ortí y Emilio Romero, había emitido un proyecto de informe que no fue del total agrado de los consejeros que habían formulado sugerencias. Especialmente el señor López Rodó se mostró muy crítico, tanto respecto al proyecto del Gobierno, como sobre, la propuesta de informe redactada por la ponencia que, en lo que se refiere a la Ley de Sucesión en la Corona, se había comentado que no ofrecería dificultades.
En nombre de la ponencia citada, Licinio de la Fuente presentó la propuesta de informe elaborada y aludió al objeto de la ley de servir al futuro, que es tanto -dijo- como ser fieles al pasado que lo hizo posible. Hizo un elogio de la prudencia y discreción de don Juan Carlos, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, que demuestran el acierto de Franco.
La edad del Rey
Licinio de la Fuente señaló también que la ponencia ha partido de una consideración general netamente favorable al proyecto de ley del Gobierno. Tal opinión no fue compartida por varios consejeros, al menos en lo que se refiere a los dos artículos primeros.
El tema quizás más controvertido fue el de la edad mínima en que el Rey puede reinar, que el Gobierno había fijado en 18 años, y que la ponencia la había aceptado.
El señor López Rodó se mostró preocupado por este tema. Aludió a la falta de madurez a esa edad y a los peligros que podrían derivarse de que una joven princesa de 18 años tuviera que verse ante la decisión, por ejemplo, de nombrar presidente de Gobierno. Argumentó también con la edad fijada para ser senador: 30 años, y con la edad de 35 establecida para ser presidente de los Estados Unidos. Señaló que la temprana edad del Rey hace más fáciles los golpes de Estado que se producen a la sombra del heredero o heredera de la Corona, y citó el motín de Aranjuez. Propuso la edad de 25 años.
Otros consejeros, como el señor López Bravo -que tuvo unas intervenciones encomiásticamente breves y concisas- y la señorita Mónica Plaza, prefirieron que la mayoría de edad del Rey coincida con la mayoría de edad civil, y ésta fue la tesis que prosperó, tras ser hecha suya por Baldomero Palomares en nombre de la ponencia. Así lo aprobó la sección, con el voto en contra del señor López Rodó.
La soberanía
El señor Fernández Sordo planteó el tema de que la soberanía que, el artículo primero personifica en el Rey, reside en el pueblo, por lo que así se debería especificar.
El señor Pedrosa Latas apoyó esta posición que, según dijo, conectá muy bien con los deseos democratizadores del momento presente.
Pero la ponencia entendió que este tema no debía ser objeto del informe, ya que el proyecto se limita a establecer los mecanismos sucesorios. Y en consecuencia, fue rechazada por la sección. En este punto, prosperó el informe de la ponencia de sugerir que no se aluda a la soberanía.
A propósito de este debate, Mónica Plaza suscitó el tema de que en qué ley se dice quién es el Rey. Argumentó que se habla, incluso en las Cortes, de Monarquía restaurada, cuando se había creído siempre que se trataba de una instauración. Estimó conveniente que se dijera claramente -y esta ley podía ser la oportuna para ello- que el Rey es don Juan Carlos I, del mismo modo que en las Leyes Fundamentales se citaba a Francisco Franco como Jefe de Estado.
En el debate sobre el artículo segundo, relativo al orden regular de sucesión en el trono y a la posibilidad de que, extinguidas todas las líneas llamadas a la sucesión, las Cortes provean ésta en la forma que más convenga a la Nación, se suscitó de nuevo el tema y se logró introducir en el informe la sugerencia de que en el preámbulo de la ley se aluda a la instauración de la Corona en la persona de don Juan Carlos.
El señor López Rodó volvió a censurar al proyecto que, teniendo como objeto la mecánica sucesoria, no especifica cuándo se produce la sucesión. Por la ponencia, el señor Benzo aceptó que se sugiera al Gobierno que determine el momento de la proclamación, pronunciándose a favor de la proclamación automática.
También se recogió en el informe la observación de que el Rey debe ser católico y español, pero no la precisión sugerida también por López Rodó, de exigir que el llamado a reinar tenga que ser de estirpe regia. En igual sentido, Teresa Loring aludió a la necesidad de evitar que las Cortes puedan llamar a un Amadeo cualquiera.
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