La Generalitat ‘devuelve’ al Prado siete cuadros
El Govern alega que no puede costear la conservación de unos lienzos que llevan más de un siglo en Cataluña cedidos por la pinacoteca
Como no hay dinero para conservarlos, devuelvo los cuadros. Eso es lo que ha comunicado la Generalitat al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), al que ha hecho saber que, por motivos económicos, no puede asumir las condiciones de conservación y de seguridad de los siete lienzos que la institución judicial tiene en depósito en su sede, cedidos por su propietario, el Museo del Prado, desde hace más de un siglo, por lo que va a solicitar la remoción de las obras.
El episodio arrancó cuando la pinacoteca estatal remitió recientemente una carta a cerca de 400 instituciones para comunicarles que debían cumplir unas “especificaciones técnicas” en el cuidado de sus obras cedidas, referentes, entre otros aspectos, a las condiciones de humedad y luz. Según fuentes judiciales, el Servicio de Museos y Protección de Bienes Muebles del Departamento de Cultura de la Generalitat aseguró que las condiciones de conservación que exigía el Prado no podían ser asumidas, en tanto el Palacio de Justicia no reunía las condiciones de un edificio destinado a funciones museísticas.
Al no poder costear los requisitos técnicos solicitados, la Generalitat, a través de la secretaría general del Departamento de Justicia, hizo saber el pasado 13 de junio al TSJC que pediría el levantamiento de dicha cesión.
Ante ello, el alto tribunal catalán solicitó el pasado día 3 al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que estudiara asumir el depósito de esos cuadros para poder seguir manteniéndolos en su sede, de cuyas paredes cuelgan desde, al menos, 1907, e iniciara conversaciones con la pinacoteca en esa línea.
“Las condiciones que impone el Prado no son muy distintas de las que gozan actualmente los lienzos, ni éstos han sido trasladados o se han visto afectados por obras en el edificio”, aseguraba ayer a este diario una portavoz del TSJC, que sostiene que las “condiciones lumínicas y ambientales durante todo ese tiempo no han generado, al menos, deterioro alguno visible. También descarta riesgos de sustracción ya que casi todos ellos están en dependencias “permanentemente vigiladas” y con medidas de seguridad, amén de que, mayormente, están alejadas al tránsito de público.
La portavoz afirmó que desconocía la cuantía del gasto que implicaba la conservación de los cuadros en tanto “eso lo ha pagado siempre la Generalitat”. Este diario no pudo recabar ayer información al respecto del Departamento de Justicia.
Cedidos desde 1866
Los siete lienzos de titularidad del Museo del Prado que alberga el Palacio de Justicia de Barcelona en su sede del paseo Lluis Companys son Camino de Los Villares, de Enrique Romero de Torres; Esperando la consulta, de Rafael García Guijo; Isabel la Católica presidiendo la educación de sus hijos, de Isidoro Lozano; Lago de Como, de Eliseo Meifrén; El primer balazo, de Enrique Esteban; San Esteban, después de su martirio, en las catacumbas, de Eduardo Soler, y Vuelta del asistente de un oficial muerto en la guerra de África, de Carlos María Esquivel.
Las telas llegaron a Cataluña cedidas por el Prado en dos entregas: la primera, en abril de 1866, con destino inicial a la Real Academia de Bellas Artes de San Jorge, de donde pasaron en un momento determinado a la Audiencia; la segunda, en enero de 1907. En realidad, la pinacoteca estatal tiene cedidas a cerca de 600 instituciones de todo el territorio español más de 3.000 piezas, 267 de las cuales están en Cataluña, repartidas entre 23 instituciones. La supervisión técnica de las mismas está en manos del Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC).
Entre aquellas dos entregas, los cuadros cedidos fueron 10. También estaban La vuelta de las hadas al lago, de Dioscoro Teófilo Puebla y Tolín; La heroína de Peralada, de Antonio Caba, y La muerte de la virgen, de Antonio Palomar. Esta última es la única que no está localizada. Ninguna de las tres estaría, en principio, en la sede del TSJC. El CGPJ ha pedido al tribunal que le informe de la posible existencia de obras, y sus condiciones jurídicas, en otras dependencias judiciales.
Babelia
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