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El Supremo rechaza uno de los recursos de los creadores por el canon digital

La decisión se basa en que las asociaciones no presentaron el informe pericial en el que se cifraran las pérdidas por el cambio de modelo

Reyes Rincón
Compradores de tecnología en unos grandes almacenes de ocio en Madrid.
Compradores de tecnología en unos grandes almacenes de ocio en Madrid.Samuel Sánchez
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El Tribunal Supremo ha rechazado uno de los recursos presentados por los creadores que reclamaban una compensación por los perjuicios causados por el canon digital aprobado por el PP en 2012 y que fue anulado por el propio Supremo en noviembre pasado por ser contrario a la normativa de la Unión Europea. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la petición de resarcimiento formulada por las entidades Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que reclamaban una compensación económica del Gobierno por los perjuicios que les causó el canon durante los cuatro años en que estuvo en vigor.

La desestimación se basa, señala el Supremo, en que las entidades no han aportado a la causa el informe pericial que ellos mismos anunciaron que presentarían en el recurso que formularon en 2013 contra el canon digital, donde ya pedían la indemnización. En el escrito de demanda de las sociedades se pedía que se “declare el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados por el Real Decreto impugnado, sobre la base del dictamen pericial que se aportará a la Sala”. “Y lo cierto ahora es que dicho informe no ha sido aportado al recurso”, asegura el Supremo.

Los magistrados explican que en un escrito fechado el 18 de noviembre de 2013 el tribunal requirió a las sociedades que aportara, en plazo de diez días, el informe pericial. Y posteriormente, el 12 de diciembre de 2013, el tribunal dictó otro escrito en el que consideraba que las asociaciones renunciaban a entregar el dictamen. Esta resolución del Supremo no fue recurrida por las sociedades.

El Supremo tiene pendiente otro recurso presentado, en este caso, por la Entidad de Gestión de Derechos del Audiovisula (EGEDA), que también ha pedido una compensación ecoómica por el presunto perjuicio causado por el canon digital aprobado por el PP.

Y precisamente en eso hace hincapié Antonio Fernández, director general de ADEPI, la organización que agrupa a las ocho entidades de gestión de España, informa Tommaso Koch. Se trata, subraya, de dos casos distintos. Por un lado, está el recurso contencioso-administrativo rechazado hoy. Pero las entidades también recurrieron al Supremo después de que el Consejo de Ministros desestimara su demanda patrimonial. En concreto, pedían unos 80 millones de euros que supuestamente dejaron de ingresar en 2012 debido al nuevo canon. Ante el no del Gobierno, acudieron al Tribunal Supremo. Y ese caso todavía está pendiente de desenlace. Hay, de hecho, otras tres demandas, una por cada año en que el sistema introducido por el PP se mantuvo. Eso sí, la corte decidió el mismo día sobre ambos recursos, de ahí que Fernández calcule que la comunicación del veredicto sobre el segundo también es inminente. Hoy mismo, o mañana.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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