El Constitucional avala la obligación de las televisiones de invertir en cine
Una sentencia considera que destinar por ley el 5% de sus ingresos no vulnera la libertad de empresa
La sentencia del Tribunal Constitucional que avala la obligación de las televisiones de dedicar una parte de sus ingresos a la financiación del cine ha sido un respiro para los productores españoles agrupados en FAPAE. Este organismo ha expresado este martes su satisfacción por un fallo que considera ajustado a la Carta Magna el balón de oxígeno (el 5% de los ingresos anuales) que recibe la industria para producir películas españolas y europeas. Gracias a esta inversión se han rodado cintas de gran éxito como Lo imposible, Celda 211 o Palmeras en la niebla.
El Constitucional considera que el fin de la norma cuestionada, que ya fue validada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es legítimo, toda vez que el cine es una manifestación cultural y su protección tiene anclaje en la Constitución. Avala también que el 5% (6% en el caso de las televisiones públicas) sirva para promocionar el cine español y europeo "frente a poderosos competidores externos" en referencia a las producciones de los grandes estudios de Hollywood. La ley española, modificada en 2004, permite a las televisiones dedicar una parte (dos quintas partes del 5%) a producir series.
Señala el fallo que imponer a un empresario la obligación de invertir parte de sus recursos en un determinado producto "afecta o incide en la libertad de empresa constitucionalmente garantizada", pero remarca que "la libertad de empresa no es un derecho absoluto e incondicionado".
La sentencia es consecuencia de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, que en 2009 falló contra esta obligación. Tras el recurso interpuesto por los operadores de televisión agrupados en Uteca, el alto tribunal estimaba que esta norma vulneraba la libertad de empresa que garantiza la Constitución, restringía la capacidad de las televisiones para decidir el destino de sus inversiones y no era fruto de imperiosas razones de interés general.
Desde 1999, cuando el Gobierno del PP impuso a los operadores audiovisuales públicos y privados la obligación de destinar un 5% de sus ingresos anuales a financiar producciones cinematográficas, las cadenas han invertido (forzosamente) más de 1.300 millones de euros. Esta ley obliga a los grandes operadores, como Atresmedia, Mediaset y Movistar+.
El Supremo reconocía que "la capacidad de decidir de modo autónomo dónde y en qué invertir los recursos propios es parte del núcleo duro o indisponible de la libertad empresarial". Y añadía que el legislador no puede, "salvo que esté fundado en razones imperiosas de interés general", imponer "el destino forzoso de las inversiones empresariales".
Babelia
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