La mesa del Parlament mantiene a Torra como diputado con el apoyo del PSC
El órgano que preside la cámara presentará un recurso ante el Tribunal Supremo contra la resolución de la JEC que despoja al 'president' de su escaño
La mesa del Parlament ha aprobado este martes mantener al presidente de la Generalitat, Quim Torra, como diputado de la Cámara pese a la resolución de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, que le despojó de su escaño. El acuerdo ha contado con el apoyo de Junts per Catalunya, ERC, CUP, Catalunya en Comú-Podem y el PSC. La mesa ha acordado además presentar un recurso al Tribunal Supremo contra la decisión de la Junta Electoral ya que, en base a un informe de los letrados del Parlament, la consideran “nula”.
La cámara que preside Roger Torrent ha acordado rechazar la destitución de Torra como diputado. La resolución de la Junta Electoral Provincial de Barcelona despojó a Torra de su acta de diputado después de que la Junta Electoral Central (JEC) viese incompatible que mantuviera el escaño tras su condena de inhabilitación por un delito de desobediencia. Esta sentencia está pendiente de recurso ante el Tribunal Supremo.
Tanto Ciudadanos como el Partido Popular han defendido que, según el reglamento del Parlament, la pérdida de la condición de diputado implica perder el cargo de presidente de la Generalitat, ya que para serlo hay que estar en posesión de un escaño. De hecho, el PP ha instado a Torrent a abrir ya una ronda de contactos para elegir a un nuevo president. Y Ciudadanos ha amenazado con emprender medidas legales ante el rechazo de la mesa del Parlament.
La mesa ha considerado nula la resolución de la JEC. Se ha basado en un informe remitido por los letrados del Parlament en el que han afirmado que la JEC “no es competente para cesar al diputado”. Además, en un cambio de criterio con respecto a lo que habían defendido, los letrados han considerado que, en el caso de que Torra perdiese su acta de diputado, no perdería su cargo de president.
Fuentes del grupo socialista han explicado su voto con que el Parlament no puede despojar a Torra de su escaño antes de que el Supremo dicte una sentencia firme. Han añadido además que el tribunal todavía no se ha pronunciado sobre las medidas cautelares que pidió Torra contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Pendientes del Tribunal Supremo
El recorrido judicial para la inhabilitación de Torra es complejo. El pasado viernes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo rechazó suspender de manera cautelarísima —de urgencia y sin preguntar a las partes— el acuerdo de la Junta Electoral Central que declaraba vacante el escaño de Torra en el Parlament. El órgano electoral aplicó el artículo 6.2 de la ley electoral, que permite apartar del cargo público a una persona condenada en sentencia no firme por delitos contra la Administración Pública, como es el caso del president, a quien el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña impuso una pena de año y medio de inhabilitación por desobediencia el pasado diciembre.
En esa resolución, la Sala de lo Contencioso del Supremo no entraba a valorar el fondo de la cuestión, es decir, la validez de la resolución de la Junta Electoral y se limitaba a apreciar si existían razones de urgencia que aconsejaran suspender inmediatamente sus efectos para evitar un perjuicio mayor. El Supremo entendió que no se daban estas condiciones, con lo que el acuerdo de la Junta Electoral sobre Torra sigue vigente.
La misma sala contenciosa –la que resuelve sobre los recursos de los ciudadanos contra decisiones de la Administración– tiene pendiente resolver la suspensión cautelar ordinaria de la decisión de la Junta Electoral, esta vez con audiencia a las partes, para lo que hay un plazo de cinco días hábiles. Posteriormente la Sala de lo Contencioso entrará en el fondo jurídico del acuerdo del máximo órgano electoral.
La retirada del acta de Torra, de producirse finalmente, podría darse antes de que la Sala de lo Penal del Supremo, la que se encarga de revisar las sentencias sobre cuestiones criminales, confirme o revoque la sentencia por desobediencia que pesa sobre Torra por no retirar del balcón del Palau de la Generalitat la pancarta a favor de la libertad de los presos independentistas, como le había ordenado la Junta Electoral durante la campaña de las elecciones municipales y europeas del pasado abril. En teoría, aunque es improbable porque Torra admitió en el juicio que desobedeció, podría darse el caso de que el president fuera apartado del escaño en el Parlament por la resolución de la Junta Electoral confirmada por la sala contenciosa del Supremo y que, posteriormente, la sala penal del alto tribunal anulara por cualquier motivo la sentencia que dio pie a su inhabilitación.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.